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6550 - Umbral de capitalización para arrendamientos y acuerdos de tecnología de la información basados ​​en suscripción (Sbitas)

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 6550

UMBRAL DE CAPITALIZACIÓN PARA ARRENDAMIENTOS Y CONTRATOS DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN BASADOS EN SUSCRIPCIÓN (SBITAS)

La Junta Escolar de Walla Walla reconoce que la Junta de Normas de Contabilidad Gubernamental (GASB) ha emitido las Declaraciones 87 y 96, que cubren arrendamientos y acuerdos de tecnología de la información basados ​​en suscripción (SBITA). Dentro de las pautas de estas Declaraciones, el distrito puede establecer un umbral de responsabilidad para informar un contrato de arrendamiento o un SBITA que se consideran de minimis en comparación con la capacidad financiera del distrito. Estos arrendamientos o SBITAs deben tener un plazo máximo posible superior a un año para ser incluidos.

Para los fines de esta política, se utilizan las siguientes definiciones, de conformidad con la Declaración mencionada anteriormente:
• Un arrendamiento es un contrato que transmite el control del derecho a utilizar el activo no financiero de otra entidad (el activo subyacente) como se especifica en el contrato durante un período de tiempo en un intercambio o transacción similar a un intercambio. Ejemplos de activos no financieros incluyen edificios, terrenos, vehículos y equipos.
• Un acuerdo de tecnología de la información basado en suscripción (SBITA) es un contrato que transmite el control del derecho a utilizar el software de otra entidad, solo o en combinación con activos de capital tangibles (el activo de TI subyacente) como se especifica en el contrato durante un período de tiempo. en una transacción de intercambio o similar a un intercambio. Se excluye el software que sea insignificante para el costo del activo subyacente. Ejemplos de activos de TI subyacentes incluyen impresoras, dispositivos y equipos.

El valor de los arrendamientos o SBITA según esta política se determinará utilizando la metodología descrita en las Declaraciones originales y las prácticas actuales aceptadas de la industria. Cada contrato de arrendamiento o SBITA se considerará individualmente.

Para fines de capitalización, aquellos arrendamientos o SBITA con un valor de gasto del año actual que iguale o exceda el 25% de los gastos del año anterior y tengan un plazo máximo posible de más de un año se capitalizarán y registrarán como un pasivo en los estados financieros del distrito.

Referencias legales:
GASB 87 – Arrendamientos, emitido el 06/17
GASB 96- Acuerdos de tecnología de la información basados ​​en suscripción, emitido el 05 de mayo

Aprobado: 20 de septiembre de 2022
Revisado: 15 de agosto de 2023
Revisado: 12 de diciembre de 2023

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