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2108 - Programa de asistencia para el aprendizaje

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 2108

PROGRAMA DE ASISTENCIA DE APRENDIZAJE

El distrito implementará un programa de asistencia de aprendizaje diseñado para mejorar las oportunidades educativas para los estudiantes matriculados desde jardín de infantes hasta el grado doce que no cumplen con los estándares académicos al proporcionar instrucción y servicios complementarios a esos estudiantes. “Estudiantes que no cumplen con los estándares académicos” se refiere a los estudiantes con los mayores déficits académicos en las habilidades básicas identificadas por evaluaciones estatales, escolares o distritales u otras herramientas de medición del desempeño.

Estudiantes afectados por la pandemia de COVID-19

Hasta el vencimiento o terminación de la Proclamación 20-05 que declara el estado de emergencia para todos los condados de Washington debido a COVID-19 o hasta el 1 de septiembre de 2025, lo que ocurra más tarde, el distrito presupuestará y gastará los fondos del programa de asistencia de aprendizaje para identificar y abordar las necesidades académicas y no académicas de los estudiantes resultantes y exacerbadas por la pandemia de COVID-19.

Protocolo de apoyo estudiantil integrado de Washington

El distrito presupuestará y gastará los fondos del programa de asistencia para el aprendizaje utilizando el marco del protocolo de apoyo estudiantil integrado de Washington, establecido bajo RCW 28A.300.139.

El distrito puede usar hasta el 15 % de la asignación del programa de asistencia para el aprendizaje para brindar apoyo y servicios académicos, no académicos y socioemocionales a los estudiantes a través de asociaciones con organizaciones comunitarias u otras organizaciones extraescolares de acuerdo con RCW 28A.300.139 .

Si el distrito celebra un acuerdo con un socio de la comunidad de acuerdo con RCW 28A.300.139, el acuerdo debe hacer lo siguiente:

A. Especificar que los fondos del programa de asistencia para el aprendizaje pueden usarse solo para brindar apoyo y servicios directos a los estudiantes;

B. Identificar claramente los apoyos y servicios académicos, no académicos o socioemocionales que el socio comunitario pondrá a disposición de los estudiantes y cómo esos apoyos y servicios se alinean con las necesidades de los estudiantes según lo identificado en la evaluación de necesidades a nivel de estudiante requerida por RCW 28A.300.139; y

C. Identificar los apoyos en la escuela que serán reforzados por los apoyos y servicios proporcionados por el socio comunitario para promover el progreso de los estudiantes hacia el cumplimiento de los estándares académicos.

Coordinación con otros programas

El distrito puede coordinar programas federales, estatales y locales para servir al máximo número de estudiantes que están por debajo del nivel de grado en habilidades básicas. Los estudiantes que reciben asistencia en otro programa de necesidades especiales también pueden ser atendidos en el programa de asistencia de aprendizaje si cumplen con los requisitos de elegibilidad y selección del estudiante.

Informe Anual a OSPI

El distrito presentará un informe anual el 30 de septiembre a la Oficina del Superintendente de Instrucción Pública detallando lo siguiente:

A. La cantidad de crecimiento académico obtenido por los estudiantes que participan en el programa de asistencia para el aprendizaje;

B. El número de estudiantes que obtienen al menos un año de crecimiento académico;

C. Las prácticas, actividades y programas específicos utilizados por cada edificio escolar que recibió fondos de asistencia para el aprendizaje;

D. El porcentaje de financiamiento del programa de asistencia para el aprendizaje utilizado para involucrar a los socios de la comunidad, la cantidad de estudiantes que reciben apoyos y servicios directos de esos socios de la comunidad y los tipos de apoyos y servicios que se brindan; y

E. La cantidad de estudiantes atendidos por el programa de asistencia de aprendizaje durante el año escolar que pudieron salir del programa porque el crecimiento académico de los estudiantes resultó en el cumplimiento del estándar académico para el nivel de grado.

 

Referencias cruzadas:
Política de la Junta 6100 - Ingresos de Fuentes Locales, Estatales y Federales
Política de la Junta 4130 - Título I Participación de los padres y la familia
Política de la Junta 2161 - Educación especial y servicios relacionados para estudiantes elegibles
Política de la Junta 2104 - Programas de Instrucción Especial Financiados por el Estado o Federal

Referencias legales:
Capítulo 28A.165 RCW - Programa de Asistencia de Aprendizaje
WAC 392-162 - Programa de servicios especiales - Asistencia de aprendizaje

Emitido: 17 de abril de 2018
Revisado: 14 de diciembre de 2021

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