2420 - Calificaciones e informes de progreso
POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 2420
INFORMES DE CALIFICACIONES Y PROGRESO
La junta cree que la cooperación de la escuela y el hogar es un ingrediente vital en el crecimiento y la educación del estudiante y reconoce la responsabilidad de mantener informados a los padres/tutores sobre el bienestar y el progreso del estudiante en la escuela.
La emisión de calificaciones, informes de progreso por escrito y conferencias con los padres de manera regular sirve como base para la evaluación continua del desempeño del estudiante y para determinar los cambios que se deben realizar para lograr una mejora. Estos informes escritos y verbales deberán estar diseñados para proporcionar información que será útil para el estudiante, maestro, consejero y padre/tutor.
El distrito deberá cumplir con el sistema de calificación/calificación incorporado en el expediente académico estandarizado de la escuela secundaria en todo el estado. Las calificaciones de los estudiantes de secundaria se reportarán para cada período, de forma individual y acumulativa. La junta le indica al superintendente que establezca un sistema para informar el progreso de los estudiantes y requerirá que todos los miembros del personal cumplan con dicho sistema como parte de su responsabilidad docente.
Al comienzo de cada término, cada maestro especificará por escrito las metas o estándares de aprendizaje del estudiante para sus respectivos cursos. Si la participación se usa como la base del dominio de una meta o estándar, las calificaciones de un estudiante pueden verse afectadas negativamente si él/ella está ausente en un día en que hubo una actividad de participación calificada. Si el maestro no informa a los estudiantes por escrito, el maestro no puede usar la asistencia y participación en el proceso de calificación. Los estudiantes individuales que sientan que se ha hecho una aplicación injusta de los factores de asistencia o tardanza, pueden seguir el proceso de apelación para resolver las diferencias.
El informe de calificaciones de un estudiante puede ser retenido hasta que el estudiante pague por cualquier propiedad escolar que se haya perdido o dañado intencionalmente. Una vez pagados los daños o la equivalencia por trabajo voluntario, se dará a conocer el informe de calificaciones. El estudiante o sus padres/tutores pueden apelar la imposición de un cargo por daños y perjuicios ante el superintendente y la junta directiva.
Referencias cruzadas: |
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Política de la Junta |
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3122 |
Ausencias justificadas e injustificadas |
3520 |
Tarifas estudiantiles, multas, cargos |
Referencias legales: |
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RCW |
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28A.150.240(2g) |
Ley de Educación Básica de 1977 - Personal docente y administrativo certificado como responsable de la enseñanza en el aula - Alcance - Responsabilidades - Sanción |
28A.635.060 |
Desfigurar o dañar la propiedad escolar--Responsabilidad del padre/tutor |
28A.600.030 |
Políticas de calificación: opción para considerar la asistencia |
WAC |
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180-40-235 |
Disciplina--Condiciones y limitaciones |
180-44-010 |
Responsabilidades relacionadas con la instrucción |
180 - 57 |
Educación secundaria: expediente académico estandarizado de la escuela secundaria |
392 - 210 |
Programa de premios de honores del estado de Washington |
Primera lectura: 19 de marzo de 2002
Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002