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Políticas y procedimientos de búsqueda

2163 - Respuesta a la Intervención

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 2163

RESPUESTA A LA INTERVENCIÓN

Es política del distrito garantizar que todos los estudiantes reciban instrucción básica de educación general (Nivel I) basada en investigaciones científicas y de alta calidad y, según corresponda, apoyos de intervención estratégicos e intensivos (Nivel II) que coincidan con las necesidades de los estudiantes. El distrito utiliza los principios básicos del proceso de Respuesta a la Intervención (RTI), que combina la evaluación sistemática, la toma de decisiones y un modelo de prestación de servicios de varios niveles para mejorar los resultados educativos y de comportamiento de todos los estudiantes.

El proceso del distrito identifica temprano los desafíos de los estudiantes y brinda la instrucción adecuada al garantizar que los estudiantes tengan éxito en el salón de clases de educación general. Al implementar el proceso RTI, el distrito aplicará:

  1. Intervenciones científicas basadas en investigaciones en el entorno de educación general;
  2. Medir la respuesta del estudiante a la intervención; y
  3. Utilice los datos de RTI para informar la instrucción.

El superintendente desarrollará procedimientos para implementar intervenciones estudiantiles; y usar las observaciones de los maestros y las evaluaciones del salón de clases, la escuela o el distrito para identificar a los estudiantes que corren el riesgo de tener problemas académicos o de comportamiento y, por lo tanto, necesitan intervenciones basadas en investigaciones científicas.

La intervención consistirá en tres niveles de asistencia que van aumentando en intensidad. Los tres niveles incluirán:

  1. Detección e intervenciones en el aula;
  2. Intervención dirigida a grupos pequeños; y
  3. Intervenciones intensivas

Participación de los padres en el proceso de RTI

El distrito informará a los padres sobre el uso de intervenciones científicas basadas en investigaciones, que incluyen: a) las políticas del estado con respecto a la cantidad y naturaleza de los datos de rendimiento de los estudiantes recopilados y los servicios de educación general proporcionados; b) estrategias utilizadas para aumentar el ritmo de aprendizaje del estudiante; c) y el derecho de los padres a solicitar una evaluación de educación especial.

 

Referencias cruzadas:

3123 - Retiro antes de la graduación

2162 - Educación de Estudiantes con Discapacidades bajo la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973

2161 - Educación especial y servicios relacionados para estudiantes elegibles

Referencias legales:

Capítulo 392.172A Reglas WAC para la provisión de educación especial

WAC 392-172A-03060 Proceso basado en la respuesta de un estudiante a una intervención basada en investigación científica

Adoptado por la Junta el 19 de febrero de 2008

Revisado: 17 de abril de 2018

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