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Derechos y responsabilidades de los estudiantes

Contenido de la sección

DERECHOS Y RESPONSABILIDADES DEL ESTUDIANTE

Todos los estudiantes de las Escuelas Públicas de Walla Walla tienen derechos como parte de sus experiencias educativas y responsabilidades de cumplir con las reglas escritas del distrito escolar.
 
Para mantener y avanzar la misión del distrito, será responsabilidad y deber de cada estudiante seguir su curso de estudio y cumplir con las reglas escritas del distrito.
 
El personal de las Escuelas Públicas de Walla Walla se esfuerza por resolver todas las inquietudes. Aquellos más cercanos a la preocupación pueden abordar el problema de manera más precisa y eficiente. Se alienta a quienes tengan inquietudes a seguir los pasos detallados en la Política 4220.
 
La ley federal permite que el distrito escolar divulgue cierta información del directorio escolar con fines educativos legítimos. La información del directorio no se divulgará con fines comerciales. Los padres/tutores de los estudiantes tienen opciones para evitar la divulgación de la información del directorio.
 
El distrito mantendrá los registros de los estudiantes necesarios para la orientación educativa y/o el bienestar de los estudiantes, para el funcionamiento ordenado y eficiente de las escuelas y según lo exija la ley.
 
La ley estatal establece que a ciertas edades los estudiantes adquieren el derecho de decidir por sí mismos qué registros permanecerán confidenciales, incluso de sus padres/tutores, y las actividades en las que participará el estudiante.

DISPOSITIVOS ELECTRÓNICOS PERSONALES (SEGURIDAD EN INTERNET)

La política de las Escuelas Públicas de Walla Walla se dirige a los estudiantes en posesión de dispositivos de telecomunicaciones, incluidos, entre otros, buscapersonas, buscapersonas y teléfonos celulares, mientras se encuentran en la propiedad escolar o mientras asisten a actividades patrocinadas o relacionadas con la escuela.
 
Cada estudiante que asiste a las Escuelas Públicas de Walla Walla tiene el privilegio de acceso a Internet con fines educativos y recibe capacitación en seguridad de ciudadanía digital. Los padres/tutores de los estudiantes tienen la capacidad de cancelar el acceso a Internet para su hijo.

Discriminación, Acoso, Intimidación y Bullying

Nuestras escuelas protegen a los estudiantes del acoso, la intimidación y el acoso (HIB)

Las escuelas están destinadas a ser entornos seguros e inclusivos donde todos los estudiantes estén protegidos del acoso, la intimidación y el acoso (HIB), incluso en el aula, en el autobús escolar, en los deportes escolares y durante otras actividades escolares. Esta sección define HIB, explica qué hacer cuando lo ve o lo experimenta y el proceso de nuestra escuela para responder a ello.

¿Qué es HIB?

HIB es cualquier acto electrónico, escrito, verbal o físico intencional de un estudiante que:

  • Daña físicamente a otro estudiante o daña su propiedad;
  • Tiene el efecto de interferir en gran medida con la educación de otro estudiante; o,
  • Es tan severo, persistente o significativo que crea un ambiente educativo intimidante o amenazante para otros estudiantes.

HIB generalmente implica un desequilibrio de poder observado o percibido y se repite varias veces o es muy probable que se repita. HIB no está permitido, por ley, en nuestras escuelas.

¿Cómo puedo realizar una denuncia o queja sobre HIB?

Habla con cualquier miembro del personal de la escuela (¡considera comenzar con quien te sientas más cómodo!). Puede utilizar el formulario de informe de nuestro distrito para compartir inquietudes sobre HIB (enlace al formulario), pero los informes sobre HIB se pueden hacer por escrito o verbalmente. Su informe puede realizarse de forma anónima, si no se siente cómodo al revelar su identidad, o de forma confidencial si prefiere que no se comparta con otros estudiantes involucrados en el informe. No se tomarán medidas disciplinarias contra otro estudiante basándose únicamente en un informe anónimo o confidencial.

Si un miembro del personal es notificado, observa, escucha o es testigo de HIB, debe tomar medidas inmediatas y apropiadas para detener el comportamiento de HIB y evitar que vuelva a suceder. Nuestro distrito también cuenta con un Oficial de Cumplimiento HIB (Chris Gardea, Superintendente Asistente/  cgardea@wwps.org  / 509.527.3000) que apoya la prevención y respuesta a HIB.

¿Qué sucede después de hacer un informe sobre HIB?

Si informa HIB, el personal de la escuela debe intentar resolver las inquietudes. Si se resuelven las inquietudes, es posible que no sea necesario tomar más medidas. Sin embargo, si cree que usted o alguien que conoce es víctima de una HIB no resuelta, grave o persistente que requiere más investigación y acción, entonces debe solicitar una investigación oficial de la HIB.

Además, la escuela debe tomar medidas para garantizar que quienes denuncian HIB no sufran represalias.

¿Cuál es el proceso de investigación?

Cuando usted reporta una queja, el Oficial de Cumplimiento de HIB o el miembro del personal que dirige la investigación debe notificar a las familias de los estudiantes involucrados con la queja y debe asegurarse de que se lleve a cabo una investigación rápida y exhaustiva. La investigación debe completarse dentro de los 5 días escolares, a menos que acuerde un cronograma diferente. Si su queja involucra circunstancias que requieren una investigación más larga, el distrito le notificará con la fecha anticipada para su respuesta.

Cuando se complete la investigación, el Oficial de Cumplimiento de HIB o el miembro del personal que dirige la investigación debe proporcionarle los resultados de la investigación dentro de los 2 días escolares. Esta respuesta debe incluir:

  • Un resumen de los resultados de la investigación.
  • Una determinación de si la HIB está fundamentada
  • Cualquier medida correctiva o remedio necesario
  • Información clara sobre cómo puede apelar la decisión.

¿Cuáles son los siguientes pasos si no estoy de acuerdo con el resultado?

Para el estudiante designado como “estudiante objetivo” en una queja:
Si no está de acuerdo con la decisión del distrito escolar, puede apelar la decisión e incluir cualquier información adicional sobre la queja al superintendente o a la persona asignada para dirigir la apelación, y luego a la junta escolar.

Para el estudiante designado como “agresor” en una denuncia:
Un estudiante declarado "agresor" en una denuncia de HIB no puede apelar la decisión de una investigación de HIB. Sin embargo, pueden apelar las acciones correctivas que resulten de los hallazgos de la investigación del HIB.

Para obtener más información sobre el proceso de quejas de HIB, incluidos cronogramas importantes, consulte la página web de HIB del distrito o el sitio web del distrito. Política HIB [3207] y Procedimiento [3207P].

Nuestra escuela se opone a la discriminación

La discriminación puede ocurrir cuando alguien recibe un trato diferente o injusto porque es parte de una clase protegida, incluida su raza, color, origen nacional, sexo, identidad de género, expresión de género, orientación sexual, religión, credo, discapacidad o uso de un animal de servicio. , o estatus de veterano o militar.

¿Qué es el acoso discriminatorio?

El acoso discriminatorio puede incluir burlas e insultos; declaraciones gráficas y escritas; u otra conducta que pueda ser físicamente amenazante, dañina o humillante. El acoso discriminatorio ocurre cuando la conducta se basa en la clase protegida de un estudiante y es lo suficientemente grave como para crear un ambiente hostil. Se crea un ambiente hostil cuando la conducta es tan severa, generalizada o persistente que limita la capacidad de un estudiante para participar o beneficiarse de los servicios, actividades u oportunidades de la escuela.

Para revisar la Política de no discriminación del distrito, haga clic en los enlaces: 

  • Educativa 3210 - No discriminación - Estudiantes
  • Procedimiento 3210 - No discriminación - Estudiantes

¿Qué es el acoso sexual? 

El acoso sexual es cualquier conducta o comunicación no deseada que sea de naturaleza sexual y que interfiera sustancialmente con el desempeño educativo de un estudiante o cree un ambiente intimidante u hostil. El acoso sexual también puede ocurrir cuando a un estudiante se le hace creer que debe someterse a una conducta o comunicación sexual no deseada para obtener algo a cambio, como una calificación o un lugar en un equipo deportivo.

Ejemplos de acoso sexual pueden incluir presionar a una persona para que realice acciones o favores sexuales; tocamientos no deseados de naturaleza sexual; declaraciones gráficas o escritas de carácter sexual; distribuir textos, correos electrónicos o imágenes sexualmente explícitos; hacer bromas, rumores o comentarios sugerentes de carácter sexual; y violencia física, incluidas violaciones y agresiones sexuales.

Nuestras escuelas no discriminan por motivos de sexo y prohíben la discriminación sexual en todos nuestros programas educativos y laborales, según lo exige el Título IX y la ley estatal.

Haga clic en los enlaces para revisar la información del distrito. Política de Acoso Sexual 3205 y Procedimiento 3205

Cuando una escuela se da cuenta de un posible acoso sexual o discriminatorio, debe investigar y detener el acoso. La escuela debe abordar cualquier efecto que el acoso haya tenido en el estudiante en la escuela, incluida la eliminación del ambiente hostil, y asegurarse de que el acoso no vuelva a ocurrir.

¿Qué puedo hacer si me preocupa la discriminación o el acoso?

Habla con un Coordinador o presenta una queja por escrito. Puede comunicarse con los siguientes miembros del personal del distrito escolar para informar sus inquietudes, hacer preguntas u obtener más información sobre cómo resolver sus inquietudes.

Preocupaciones por la discriminación:
Coordinadora de Derechos Civiles: Dra. Mindy Meyer, Directora de Recursos Humanos
364 S. Park St.
Walla Walla, WA 99362
mmeyer@wwps.org / 509.527.3000

Preocupaciones sobre la discriminación sexual, incluido el acoso sexual:
Coordinadora del Título IX: Dra. Mindy Meyer, Directora de Recursos Humanos
364 S. Park St.
Walla Walla, WA 99362
mmeyer@wwps.org / 509.527.3000

Preocupaciones sobre la discriminación por discapacidad:
Coordinadora de la Sección 504: Michelle Carpenter, Directora de Iniciativas Estratégicas
364 S. Park St.
Walla Walla, WA 99362
mcarpenter@wwps.org / 509.527.3000

Preocupaciones por la discriminación por identidad de género:
Coordinadora de Escuelas con Inclusión de Género: Dra. Julie Perron, Directora de Equidad y Lenguaje Dual
364 S. Park St.
Walla Walla, WA 99362
jperron@wwps.org / 509.527.3000

Para presentar una queja por escrito, describa la conducta o incidente que pueda ser discriminatorio y envíelo por correo, fax, correo electrónico o entrega en mano al director de la escuela, al superintendente del distrito o al coordinador de derechos civiles. Presentar la queja lo antes posible para una pronta investigación y dentro del año de la conducta o incidente.

¿Qué sucede después de presentar una queja por discriminación?

El Coordinador de Derechos Civiles le dará una copia del procedimiento de queja por discriminación del distrito escolar. El Coordinador de Derechos Civiles debe asegurarse de que se lleve a cabo una investigación rápida y exhaustiva. La investigación debe completarse dentro de los 30 días calendario a menos que usted acepte un cronograma diferente. Si su queja involucra circunstancias excepcionales que requieren una investigación más larga, el Coordinador de Derechos Civiles le notificará por escrito con la fecha prevista para su respuesta.

Cuando se complete la investigación, el superintendente del distrito escolar o el miembro del personal que dirige la investigación le enviará una respuesta por escrito. Esta respuesta incluirá:

  • Un resumen de los resultados de la investigación.
  • Una determinación de si el distrito escolar no cumplió con las leyes de derechos civiles.
  • Cualquier medida correctiva o remedio necesario
  • Aviso sobre cómo puede apelar la decisión

¿Cuáles son los siguientes pasos si no estoy de acuerdo con el resultado?

Si no está de acuerdo con el resultado de su queja, puede apelar la decisión ante [identificar a la persona que toma la decisión en la apelación identificada en la política de la junta (por ejemplo, la Junta Escolar)] y luego ante la Oficina del Superintendente de Instrucción Pública (OSPI). . Se incluye más información sobre este proceso, incluidos cronogramas importantes, en el informe del distrito. Procedimiento de No Discriminación (3210P) y acoso sexual Procedimiento 3205.

Ya presenté una queja HIB: ¿qué hará mi escuela?

El acoso, la intimidación o el acoso (HIB) también pueden considerarse discriminación si están relacionados con una clase protegida. Si le entrega a su escuela un informe escrito de HIB que involucra discriminación o acoso sexual, su escuela notificará al Coordinador de Derechos Civiles. El distrito escolar investigará la queja utilizando tanto el Procedimiento de No Discriminación (3210P) y del Procedimiento HIB (3207P) para resolver completamente su queja.

¿Quién más puede ayudar con HIB o inquietudes sobre discriminación?

Oficina del Superintendente de Instrucción Pública (OSPI)
Todos los informes deben comenzar localmente a nivel de escuela o distrito. Sin embargo, OSPI puede ayudar a los estudiantes, las familias, las comunidades y el personal escolar con preguntas sobre la ley estatal, el proceso de quejas de HIB y los procesos de quejas por discriminación y acoso sexual.

Centro de seguridad escolar de OSPI (para preguntas sobre acoso, intimidación y acoso escolar)
• Sitio web: ospi.k12.wa.us/student-success/health-safety/school-safety-center
• Email: seguridad escolar@k12.wa.us
• Teléfono: 360-725-6068

Oficina de Equidad y Derechos Civiles de OSPI (para preguntas sobre discriminación y acoso sexual)
• Sitio web: ospi.k12.wa.us/policy-funding/equity-and-civil-rights
• Email: equidad@k12.wa.us
• Teléfono: 360-725-6162

Oficina del Defensor del Pueblo de Educación (OEO) del Gobernador del Estado de Washington
La Oficina del Defensor del Pueblo para la Educación del Gobernador del Estado de Washington trabaja con familias, comunidades y escuelas para abordar los problemas juntos para que todos los estudiantes puedan participar y prosperar plenamente en las escuelas públicas K-12 de Washington. OEO proporciona herramientas informales de resolución de conflictos, asesoramiento, facilitación y capacitación sobre la familia, la participación comunitaria y la defensa de sistemas.
• Sitio web: www.oeo.wa.gov
• Email: oeoinfo@gov.wa.gov
• Teléfono: 1-866-297-2597

Departamento de Educación de EE. UU., Oficina de Derechos Civiles (OCR)
La Oficina de Derechos Civiles (OCR) del Departamento de Educación de EE. UU. hace cumplir las leyes federales contra la discriminación en las escuelas públicas, incluidas aquellas que prohíben la discriminación por motivos de sexo, raza, color, origen nacional, discapacidad y edad. La OCR también tiene un proceso de denuncia por discriminación.
• Sitio web: https://www2.ed.gov/about/offices/list/ocr/index.html
• Email: orc@ed.gov
• Teléfono: 800-421-3481

Nuestra escuela es inclusiva en materia de género

En Washington, todos los estudiantes tienen derecho a ser tratados de acuerdo con su identidad de género en la escuela. Nuestra escuela:

  • Diríjase a los estudiantes por el nombre y pronombres solicitados, con o sin cambio de nombre legal
  • Cambiar la designación de género de un estudiante y hacer que su género se refleje con precisión en los registros escolares
  • Permitir que los estudiantes usen baños y vestuarios que se alineen con su identidad de género.
  • Permitir que los estudiantes participen en deportes, cursos de educación física, excursiones y viajes nocturnos de acuerdo con su identidad de género.
  • Mantener la información de salud y educación confidencial y privada.
  • Permitir que los estudiantes usen ropa que refleje su identidad de género y aplicar códigos de vestimenta sin tener en cuenta el género del estudiante o el género percibido.
  • Proteger a los estudiantes de burlas, intimidación o acoso por su género o identidad de género.

Revisar las escuelas con inclusión de género del distrito Política 3211 y Procedimiento 3211, haga clic en los enlaces. Si tiene preguntas o inquietudes, comuníquese con el Coordinador de Escuelas con Inclusión de Género:
Dra. Julie Perron - jperron@wwps.org  / 509.527.3000

Si tiene inquietudes sobre discriminación o acoso discriminatorio por motivos de identidad o expresión de género, comuníquese con el Dr. Perron.

ASISTENCIA

La asistencia a las escuelas del distrito se reconocerá como un derecho y responsabilidad de quienes reúnan los requisitos que establece la ley.
 
Los padres/tutores de cualquier niño de ocho años de edad y menor de 18 años harán que dicho niño asista a la escuela y dicho niño tendrá la responsabilidad y, por lo tanto, asistirá a tiempo completo cuando dicha escuela pueda estar en sesión a menos que el niño esté inscrito en una escuela privada aprobada, un centro educativo según lo dispuesto en el capítulo 28A.205 RCW o está recibiendo instrucción en el hogar.
 
La asistencia regular a la escuela es necesaria para el dominio del programa educativo proporcionado a los estudiantes del distrito y se espera que los estudiantes asistan a todas las clases asignadas todos los días. A veces, los estudiantes pueden ausentarse apropiadamente de la clase según la política de asistencia del distrito.
 
El distrito reconoce su responsabilidad por el cuidado adecuado de los estudiantes durante el horario escolar. Los estudiantes no serán retirados de los terrenos de la escuela, ningún edificio escolar o función escolar durante el horario escolar, excepto por una persona autorizada de acuerdo con los procedimientos del distrito.

CONDUCTA DEL ESTUDIANTE/CÓDIGO DE VESTIR

Las elecciones de los estudiantes en materia de vestimenta deben hacerse en consulta con sus padres/tutores mientras se preserva un entorno de aprendizaje beneficioso y se garantiza la seguridad y el bienestar de todos los estudiantes. La vestimenta de los estudiantes solo se regulará cuando, a juicio de los administradores de la escuela, se determine que existe una interrupción sustancial del proceso educativo. 
 
El distrito proporcionará un programa educativo para sus estudiantes tan gratis como sea posible.
El superintendente tiene la autoridad para establecer tarifas y procedimientos apropiados que rijan el cobro de tarifas para satisfacer las necesidades del programa. Un estudiante será responsable por el costo de reemplazar materiales o propiedad que se pierda o dañe debido a negligencia. 

SEGURIDAD DEL ESTUDIANTE/CAMPUS

El distrito cumple con los requisitos de RCW 28A.320.125 al mantener planes y procedimientos escolares seguros para manejar una emergencia que resulte de desastres naturales o provocados por el hombre. Por favor vea el distrito Procedimientos de emergencia sitio web para información
 
 
¡SEGURIDAD PRIMERO!
Ver algo, escuchar algo, decir algo. Denuncie de forma anónima la intimidación, el acoso, las amenazas de violencia, el suicidio, las drogas, las armas y otros problemas de seguridad.
CUATRO MANERAS FÁCILES DE DENUNCIAR:
  1. (Teléfono) 855.976.8772
  2. (Texto) 855.976.8772
  3. (E-mail) 1057@ALERT1.US
  4. (Web) 1057.ALERT1.US
REGLAMENTOS PARA BICICLETAS, MONOPATÍN Y TODO DISPOSITIVO DE RUEDAS
Los estudiantes que traigan bicicletas, patinetas u otros dispositivos con ruedas a la escuela deben cumplir con las pautas de la escuela. Está prohibido andar en bicicleta, patinetas u otros dispositivos con ruedas en el campus (incluidos los pasillos) en todo momento. El no hacerlo pondrá en peligro su privilegio de traer estos dispositivos a la escuela.
 
El principio de campus cerrado que requiere que todos los estudiantes permanezcan en los terrenos de la escuela desde el momento de su llegada hasta que sean excusados ​​oficialmente se aplicará a todas las escuelas del Distrito Escolar de Walla Walla, con la excepción de la escuela secundaria durante la hora del almuerzo.
 
Es una violación de la política del distrito y de la ley estatal que cualquier persona porte un arma de fuego o un arma peligrosa en las instalaciones escolares, en el transporte proporcionado por la escuela o en áreas de otras instalaciones que se utilicen exclusivamente para actividades escolares, a menos que esté específicamente autorizado por la ley estatal.
 
La junta ha adoptado con respecto a su obligación con el personal, los estudiantes y los ciudadanos de tomar medidas razonables para garantizar la seguridad en el lugar de trabajo y brindar seguridad y un desempeño de alta calidad para los estudiantes a los que sirve el personal.
 
El uso de productos de tabaco y dispositivos de entrega en la propiedad escolar, incluidos todos los edificios del distrito, terrenos y vehículos propiedad del distrito, está prohibido en todo momento.
 
El ambiente de aprendizaje y el tiempo del personal para los estudiantes estará lo más libre posible de interrupciones. Todos los visitantes, excepto aquellos que asisten a las actividades escolares programadas, deben registrarse inmediatamente en la oficina al llegar a la escuela.
 
GESTIÓN DEL AMIANTO
En diciembre de 2020, se completó con éxito la inspección obligatoria de tres años de las instalaciones de las Escuelas Públicas de Walla Walla. Esta inspección es requerida por la Ley de Respuesta a Emergencias por Peligro de Asbesto (AHERA) de 1986. Las regulaciones de AHERA también requieren que se notifique anualmente a los maestros, trabajadores y padres/tutores de los estudiantes para actualizarlos sobre el estado del asbesto en sus escuelas y de la disponibilidad de los planes de manejo. Las Escuelas Públicas de Walla Walla realizan inspecciones de vigilancia periódicas cada seis meses en enero y julio para verificar la condición de los materiales de construcción que contienen asbesto y los registros se mantienen en las instalaciones de la planta. Los informes de inspección se incluyen en las copias actualizadas de los Planes de Manejo de AHERA que se encuentran en la oficina de las instalaciones de la planta del distrito y en las escuelas del distrito. PARA MÁS INFORMACIÓN: Comuníquese con el Director de Instalaciones (Persona Designada de Asbesto) para el distrito (1174 Entley St., Walla Walla, WA 99362, 509-527-3018).
 
La junta directiva asume que la persona que inscribe a un estudiante en la escuela es el padre/tutor legal residente del estudiante. El padre/tutor residente es responsable de las decisiones relacionadas con el cuidado y el control diarios del estudiante. El distrito, a menos que se informe lo contrario, asume que no existen restricciones con respecto al derecho de los padres/tutores no residentes a mantenerse informados sobre el estudiante. progreso y actividades escolares.

ESCUELAS PÚBLICAS DE WALLA WALLA • 364 South Park St. • Walla Walla, WA 99362 • Teléfono: 509-527-3000 • Fax: 509.529.7713

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