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Políticas y procedimientos de búsqueda

6102 (P) - Actividades de recaudación de fondos del distrito

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO N° 6102

ACTIVIDADES DE RECAUDACIÓN DE FONDOS DEL DISTRITO

Los programas de recaudación de fondos del distrito para estudiantes deberán: (1) promover la educación K-12; (2) proporcionar experiencias educativas; y/o (3) abordar las obligaciones de financiamiento local que apoyan la misión educativa del distrito; (4) y/o promover la administración y operación eficaz, eficiente o segura del distrito.

Las actividades de recaudación de fondos del distrito pueden incluir: (1) solicitar regalos y donaciones que estén razonablemente relacionados con la consecución de los objetivos del distrito; (2) celebrar acuerdos interlocales con otros gobiernos que generen fondos adicionales para las actividades del distrito escolar; y/o (3) operar varias empresas generadoras de ingresos que consisten en la venta de bienes o servicios que son producidos por, o que están vinculados al programa educativo del distrito. El propósito o uso de tales programas deberá ser consistente con las políticas y programas del distrito.

Las propuestas para los programas de recaudación de fondos del distrito deberán ser revisadas y aprobadas por adelantado por el superintendente (o su designado) para garantizar el cumplimiento de los siguientes procedimientos. El superintendente (o su designado) hará todas las determinaciones de cumplimiento.

A. Cualquier programa de recaudación de fondos que cobre tarifas deberá cumplir con los siguientes criterios:

      1. Las tarifas para las personas que asistan o participen en tales programas solo se cobrarán cuando la asistencia o participación sea opcional, no obligatoria;

      2. A los estudiantes no se les cobrará una tarifa para inscribirse en una actividad basada en el plan de estudios que involucre un programa de recaudación de fondos del distrito; y

      3. No se creará ni continuará un programa que requiera la asignación de fondos del distrito cuando los recursos específicos del programa sean insuficientes o estén agotados.

B. Cualquier programa de recaudación de fondos caracterizado como una actividad de “empresa comercial” cumplirá con los siguientes criterios:

  1. A estos efectos, "empresa comercial" se definirá como cualquier actividad del cuerpo estudiantil no asociado que vende bienes o servicios para fines relacionados con el distrito de forma continua;
  2. Tales “empresas comerciales” venderán productos o servicios que sean apropiados para los propósitos educativos del programa y/o promoverán la administración y operación eficaz, eficiente o segura del distrito;
  3. Dichas empresas no se crearán únicamente con fines comerciales.
  4. Dichas empresas comprarán inventario de acuerdo con la política y/o prácticas del distrito correspondiente; y
  5. No se creará ni continuará un programa de empresa comercial que requiera la asignación de fondos del distrito cuando los recursos específicos del programa sean insuficientes o estén agotados.

C. Cualquier programa de recaudación de fondos que use artículos o servicios personales donados para una subasta, venta y/o rifa deberá cumplir con los siguientes criterios:

      1. Los artículos o servicios donados deben estar libres de riesgos para la salud o la seguridad;

      2. Los artículos o servicios donados deben ser entregados voluntariamente por individuos o empresas; y

      3. Se permite la solicitud adecuada por parte de los estudiantes, los padres o el personal apropiado del distrito, pero las acciones de los estudiantes y los padres no pueden vincular al distrito con ninguna obligación contractual.

D. Cualquier programa de recaudación de fondos que requiera la contratación de un proveedor o promotor externo deberá satisfacer los siguientes criterios:

      1. El contrato promoverá la educación K-12 y/o promoverá la administración y operación eficaz, eficiente o segura del distrito; y

      2. El distrito deberá celebrar contratos consistentes con las políticas del distrito y con la autorización apropiada del superintendente (o su designado).

E. Cualquier programa de recaudación de fondos que involucre la producción y/o venta de bienes o servicios, como un programa de educación vocacional, deberá cumplir con los siguientes criterios:

      1. El superintendente (o su designado) debe autorizar la venta de cualquier bien producido y/o cualquier servicio provisto por el programa educativo;

      2. Los ingresos de la venta se utilizarán para mejorar o ampliar los programas educativos, según lo determine el superintendente (o su designado);

      3. En la medida en que se requiera, todos los bienes producidos o servicios provistos de un programa educativo serán asignados o serán propiedad del distrito; y

      4. No se permitirá la compensación individual por la venta de bienes producidos y/o por los servicios provistos, excepto según lo autorice el superintendente, de acuerdo con las leyes aplicables, los procedimientos del distrito y/o la práctica.

F. Cualquier programa de recaudación de fondos que venda propiedad personal excedente de la escuela deberá cumplir con los siguientes criterios:

      1. Dichos programas no violarán la ley estatal aplicable o la política escolar que rige la venta, arrendamiento o alquiler de propiedad personal escolar excedente y obsoleta;

      2. Dichos programas están permitidos solo según lo dispuesto en RCW 28A.335.180; y

      3. Dichos programas siguen la política del distrito para la disposición de propiedad excedente, Política del Distrito No. 6881.

G. Cualquier recaudación de fondos que utilice un sitio go fund me en línea deberá cumplir con los siguientes criterios:

      1. Donorschoose.org es el único sitio autorizado para ser usado en sitios Go Fund Me en línea.

      2. Cada proyecto por separado en el sitio de Donorschoose necesita la aprobación previa del director/supervisor antes de comenzar el proyecto. El formulario de aprobación previa se encuentra en el sitio web del distrito, www.wwps.org, en el departamento de Oficina Comercial.

      3. Si hay alguna solicitud de tecnología en el proyecto, también se necesita la aprobación del Director de Tecnología.

      4. Si hay algún material curricular en el proyecto, también se necesita la aprobación del Director Ejecutivo de Enseñanza y Aprendizaje.

      5. Todos los bienes recibidos del proyecto pasan a ser propiedad del distrito.

Revisado: diciembre de 2016

Revisado: febrero de 2018

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