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Políticas y procedimientos de búsqueda

5253 (P) - Mantenimiento de los límites entre el personal profesional y los estudiantes

PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO N° 5253

MANTENIMIENTO DEL PERSONAL PROFESIONAL/LÍMITES ESTUDIANTILES

Los educadores, voluntarios, estudiantes, padres y otros adultos preocupados son la clave para detener la conducta no profesional contra los estudiantes. Esto se puede prevenir manteniendo límites profesionales con los estudiantes. La siguiente información protegerá a los estudiantes y la profesión.

informes Violaciónes
Todos los miembros del personal escolar, miembros de la junta, contratistas o voluntarios deben notificar de inmediato a su supervisor o administrador correspondiente si sospechan que un miembro del personal, contratista o voluntario está involucrado en una invasión de límites hacia un estudiante.

Los periodistas deberían:
• Informar inmediatamente de conductas sospechosas en lugar de tratar de determinar si existe una explicación adecuada;
• No confrontar ni discutir el asunto con la persona en cuestión ni con nadie más, pero mantener la confidencialidad para proteger la privacidad y evitar rumores; y
• Documento para sus propios registros que notificaron a un administrador/supervisor, incluyendo a quién y qué informaron.

Los estudiantes, padres/tutores y miembros de la comunidad también deben notificar inmediatamente al director (u otro administrador) si creen que un miembro del personal, contratista o voluntario podría estar participando en una conducta inapropiada de invasión de límites con un estudiante. Si un estudiante, padre/tutor o miembro de la comunidad no se siente cómodo informando al director o administrador, debe presentar un informe utilizando la línea de información sobre Escuelas Seguras del distrito al 855-976-8772 o a través del portal en línea en: https://wwps-wa.safeschoolsalert.com/.

Invasión de límites
Una invasión de límites es un acto o patrón de comportamiento por parte de un miembro del personal, contratista o voluntario que no tiene un propósito genuino de salud, seguridad o educación para el estudiante. Estas situaciones son lo opuesto a mantener límites profesionales con los estudiantes.

Los adultos siempre deben tratar de mantener límites apropiados entre adultos y estudiantes consistentes con estos procedimientos. La junta reconoce que las relaciones familiares o sociales preexistentes con los padres, tutores y sus estudiantes fuera de la escuela pueden afectar la forma en que el personal, los voluntarios y los contratistas interactúan con estudiantes específicos fuera de la escuela. Si un miembro del personal, contratista o voluntario tiene preguntas sobre su relación e interacción con los estudiantes fuera de la escuela, debe consultar con su supervisor o administrador escolar.

Los miembros del personal, contratistas y voluntarios no participarán en invasiones de límites de estudiantes, que incluyen, entre otros, lo siguiente:

A. Cualquier tipo de contacto físico o sexual inapropiado con un estudiante o cualquier otra conducta que viole las políticas de la junta con respecto al bienestar de los estudiantes, el ambiente educativo o la conducta hacia los estudiantes. La conducta física inapropiada incluye, entre otras, caricias sensuales que implican un contacto físico cercano e íntimo más allá de abrazos de felicitación, besos o ser "demasiado susceptible" con los estudiantes sin ningún propósito educativo o profesional legítimo;

B. Mostrar fotografías íntimas o excesivamente reveladoras a un estudiante o pedirle a un estudiante que proporcione fotografías íntimas o excesivamente reveladoras;

C. Tomar fotografías de un estudiante sin ningún propósito educativo o profesional legítimo;

D. Cualquier tipo de comunicación coqueta o sexual con un estudiante;

E. Seleccionar a un estudiante o estudiantes en particular para brindarles atención personal y amistad más allá de la relación profesional entre el personal y el estudiante. Esto incluye, entre otros, favorecer a uno o más estudiantes con privilegios especiales o participar en un comportamiento "similar al de un compañero" con uno o más estudiantes;

F. Proporcionar alcohol, drogas o tabaco a los estudiantes, o socializar donde los estudiantes consumen alcohol, drogas o tabaco ilegalmente;

G. Para personal que no sea de orientación/consejería, solicitar información íntima sobre los problemas y/o relaciones personales o familiares de un estudiante. Si un estudiante inicia dichas discusiones, cuando sea apropiado, los miembros del personal deben derivar al estudiante al personal de orientación/consejería;

H. Enviar a los estudiantes a hacer recados personales no relacionados con ningún propósito educativo;

I. Bromas, alusiones, bromas o insinuaciones de carácter sexual con los estudiantes;

J. Hacer comentarios favorables sobre la apariencia de un estudiante si es excesivamente revelador;

K. Revelar asuntos demasiado personales, sexuales u otros asuntos privados a uno o más estudiantes cuando no existe un valor educativo legítimo;

L. Dirigirse a los estudiantes o permitir que los estudiantes se dirijan a miembros del personal, contratistas o voluntarios con términos personalizados de cariño;

M. Mantener contacto personal (incluido "hacerse amigo" o "seguir") a un estudiante en cualquier aplicación o dispositivo de red social, a menos que exista un interés educativo legítimo, o cuando se establezca una relación familiar o social preexistente con los padres o tutores y los estudiantes. presente;

N. Enviar teléfono, correo electrónico, texto, mensajería instantánea u otras formas de comunicación escrita o electrónica a estudiantes individuales cuando la comunicación no está relacionada con el trabajo escolar, negocios escolares legítimos o cuando existe una relación familiar/social preexistente. exención. Si los miembros del personal tienen asuntos educativos o escolares legítimos que realizar, normalmente utilizarán el correo electrónico del distrito o una herramienta de comunicación preaprobada por el distrito (por ejemplo, ParentSquare). Cuando sea necesario comunicarse con un estudiante individual utilizando medios distintos al correo electrónico del distrito o una herramienta de comunicación previamente aprobada, como mensajes de texto, mensajería u otro formulario, el miembro del personal se asegurará de que la correspondencia se archive y se mantenga de conformidad con la retención de registros públicos. Al comunicarse utilizando dichas plataformas alternativas, se recomienda que el personal considere incluir a un padre/tutor, otro estudiante, colega o administrador escolar en la comunicación, o notificar a su administrador escolar sobre la comunicación para evitar la apariencia de una posible incorrección. Toda comunicación, independientemente de la plataforma, respetará los límites entre adultos y estudiantes como se describe en las políticas y procedimientos;

O. Intercambiar o proporcionar obsequios personales, tarjetas o cartas personales con un estudiante individual, excepto cuando exista una relación familiar o social preexistente con las familias, o durante el reconocimiento o celebración habitual de logros (por ejemplo, tarjetas de graduación, reconocimiento de logros deportivos o académicos). logros);

P. Socializar o pasar tiempo con estudiantes (incluidas, entre otras, actividades como salir a tomar bebidas, comer o ver películas, ir de compras, viajar y realizar actividades recreativas) fuera de eventos patrocinados por la escuela, excepto como participantes en actividades comunitarias organizadas o a menos que existan es una relación familiar o social preexistente con los padres o tutores y el estudiante;

Q. Llevar a un estudiante en un vehículo en una situación que no sea de emergencia sin un propósito profesional legítimo, a menos que se otorgue la aprobación de los padres o exista una relación familiar o social preexistente con los padres o tutores y el estudiante;

R. Proporcionar a un estudiante información u opiniones sobre otros estudiantes o miembros del personal sin un propósito profesional legítimo;

S. Pedirle a un estudiante que guarde un secreto o que no revele ninguna comunicación o conducta inapropiada;

T. Estar solo con un estudiante individual sin línea de sitio desde fuera del salón (consulte a continuación para obtener información adicional); y/o

U. Cualquier visita domiciliaria a menos que otros adultos estén presentes, se dé la aprobación de los padres o si existe una relación familiar o social preexistente con los padres o tutores y el estudiante.


Directrices adicionales
Las siguientes pautas se han desarrollado para ayudar a los adultos a prevenir violaciones de límites. En algunas situaciones, el diseño de las instalaciones, la distribución del campus/salón, la ejecución de programas específicos u otras circunstancias pueden requerir modificaciones o adaptaciones a estas pautas. Cuando sea posible, los adultos deben consultar con su supervisor para solicitar aclaraciones, adaptaciones o aprobación con anticipación. Se recomienda al personal u otros adultos que tengan preguntas sobre la interpretación y aplicación de estas pautas que visiten a su supervisor.

A. Medidas de prevención para ayudar a minimizar el acceso individualizado a los estudiantes
1. Las ventanas interiores del aula (si las hay) no deben cubrirse intencionalmente, excepto posiblemente durante situaciones de cierre activo, cuando actividades específicas del aula requieren habitaciones temporalmente oscuras u otro propósito educativo legítimo temporal según lo revisado y aprobado previamente por el administrador del sitio. Por ejemplo, si bien los tapices de las ventanas con trabajos o decoración de los estudiantes pueden bloquear parcialmente las vistas, las ventanas de las puertas y las ventanas laterales, si están disponibles, normalmente no deben cubrirse completamente ni oscurecerse intencionalmente.

2. Cuando un educador, consejero, administrador u otro adulto se reúne en un salón de clases/oficina solo con un estudiante y no hay ventanas, puertas de vidrio o luz lateral, se recomienda que una puerta permanezca abierta cuando sea posible. Sin embargo, hay circunstancias en las que esto puede no ser práctico (por ejemplo, puerta exterior del aula).

3. Cuando sea posible, asigne dos educadores para monitorear el interior de los baños comunitarios y el interior de los vestidores de su género.

4. Cuando se trate de un incidente relacionado con el uso del baño, cuando sea posible, dos adultos deben ayudar al estudiante.

5. Prohibir a los educadores
a. acompañar a un estudiante sin otro adulto o estudiante presente a áreas privadas, como armarios de almacenamiento o a su habitación de hotel durante una excursión;
b. llevar a un estudiante a la casa de un educador, a menos que se dé la aprobación de los padres o exista una relación familiar o social preexistente con los padres o tutores y el estudiante.

6. Cuando sea posible, anime al personal y a los voluntarios a utilizar baños separados. El personal nunca debe cambiarse ni usar las duchas en presencia de los estudiantes.

7. Mientras se esté bajo un modelo de aprendizaje a distancia, puede ser necesario utilizar el correo electrónico oficial del distrito, el teléfono y la tecnología de videoconferencia aprobada con el propósito explícito de comunicarse individualmente con los estudiantes en relación con los asuntos escolares. El personal se asegurará de que su comunicación sea siempre apropiada y respete los límites profesionales entre maestros y estudiantes. Las salvaguardias de comunicación adicionales a considerar en el aprendizaje remoto pueden incluir:

• Cuando sea posible, enviar correos electrónicos y realizar videoconferencias con más de un estudiante a la vez.
• Un padre puede solicitar monitorear sesiones individuales de teléfono, correo electrónico o videoconferencia informando a su hijo y notificando a su(s) maestro(s) con anticipación.
• Cuando sea práctico, tener a otro adulto en la misma área/salón del maestro mientras ocurre la comunicación uno a uno.
• Las familias pueden coordinar la proximidad adicional de un adulto con su hijo mientras se produce cualquier comunicación individual.
• Cuando no se puedan implementar otras adaptaciones enumeradas anteriormente, se puede considerar la oportunidad de grabar sesiones de videoconferencia individuales para proteger a los estudiantes y al personal. En este escenario, el profesor puede grabar las sesiones y almacenarlas de forma segura únicamente con fines de archivo. Los padres/tutores que no den su consentimiento para grabar sesiones individuales por motivos de seguridad de los estudiantes deben notificarlo por escrito al maestro o al administrador escolar de su hijo.

B. Hacer cumplir los límites profesionales mediante supervisión
1. Exigir que los supervisores
a. recibir formación sobre límites profesionales;
b. realizar visitas periódicas sin previo aviso en clase y durante las actividades;
C. corregir y proporcionar retroalimentación rápida a los educadores con respecto a su cumplimiento de los límites profesionales; y
d. detener cualquier interacción con un estudiante que parezca sospechosa.

C. Entrenamiento de deportes/actividades
1. Al entrenar/supervisar cualquier deporte o actividad, tenga en cuenta el contacto por parte de los entrenadores/asesores y busque formas de mitigarlo.

2. Si corresponde, los entrenadores/asesores deben informar a los jugadores/participantes que a veces su actividad puede implicar contacto físico con el propósito de enseñar el deporte/actividad, pero cualquiera que se sienta incómodo puede pedir que no lo toquen y el entrenador/asesor se esforzará por respetar las reglas. deseos del estudiante. Los estudiantes deben tener la oportunidad de informar al entrenador/asesor en privado que no quieren que el entrenamiento/asesoramiento incluya contacto, y los entrenadores/asesores no deben revelar públicamente dicha comunicación, pero deben compartirla con cualquier asistente.

3. Si es posible, asigne dos entrenadores o un segundo adulto en las prácticas.

Investigación y documentación
Cuando un administrador recibe información de que ha ocurrido o podría haber ocurrido una invasión de límites, el administrador debe documentar, por escrito, la inquietud y proporcionar una copia de la documentación al Superintendente Adjunto o al Director de Recursos Humanos. El Superintendente Adjunto o el Director de Recursos Humanos se encargará de que el asunto sea investigado y documentado, y si ha ocurrido una invasión de límites sin un propósito educativo o de seguridad legítimo, se tomarán y documentarán las medidas apropiadas. Se puede considerar el uso de un investigador externo según las circunstancias. El Superintendente Adjunto o el Director de Recursos Humanos mantendrá un archivo que documente los informes, cartas de dirección y disciplina relacionados con las investigaciones de límites profesionales. Cuando se determine que ha ocurrido una violación de límites, se notificará al Superintendente.

Recordatorio sobre cómo denunciar abuso infantil, abuso sexual o conducta sexual inapropiada
En algunas situaciones, la persona que invadió los límites con un estudiante también puede haber participado en abuso infantil o abuso sexual, que se define en la Política de la Junta 3421: Abuso y negligencia infantil. Recuerde que de acuerdo con la ley (RCW 26.44.020) y la Política de la Junta 3421, todo el personal escolar que tenga motivos razonables para creer que un estudiante ha sufrido abuso sexual por parte de un adulto o estudiante debe presentar un informe a los Servicios de Protección Infantil y/o cumplimiento de la ley. (Consulte la Política de la Junta 3421.) Informar sospechas de abuso al director o supervisor del edificio no exime al personal escolar profesional de sus responsabilidades y plazos para informar.

Acción disciplinaria
Las violaciones de esta política por parte de miembros del personal, contratistas o voluntarios pueden dar lugar a medidas disciplinarias que pueden incluir el despido. Se pueden producir violaciones de esta política al ignorar los límites profesionales, así como al no informar a otro miembro del personal o voluntario que esté ignorando los límites profesionales. En cualquier situación disciplinaria, el Superintendente debe considerar si la conducta viola el Código de Conducta Profesional en el Capítulo. WAC 181-87 y si se justifica reportar a un empleado certificado a la Oficina de Prácticas Profesionales.

Formación
Todos los nuevos miembros del personal, contratistas y voluntarios recibirán capacitación sobre los límites apropiados entre personal y estudiantes dentro de los tres meses posteriores al empleo o al inicio del servicio. Dicha formación inicial podrá ser formación en línea. La administración del sitio y los supervisores de empleados clasificados se asegurarán de que cada dos años se realice una capacitación en vivo más detallada que cubra todo este procedimiento en todas las escuelas y lugares de trabajo. La administración del sitio y los supervisores de empleados clasificados también abordarán los límites profesionales en reuniones de personal a principios de año.

Difusión de Políticas y Protocolos de Reporte
Esta política y procedimiento se incluirán en el sitio web del distrito y en todos los manuales de empleados y voluntarios. Anualmente, todos los administradores y el personal recibirán copias del protocolo de informes del distrito. El distrito también brindará acceso a esta política y procedimiento a los estudiantes y sus padres cada año escolar.

 

Revisado: 2 de octubre de 2023

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