3417 (P) - Cateterismo
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO N° 3417
El Departamento de Salud del Estado ha establecido las siguientes reglas:
A. El expediente médico del estudiante deberá contener una solicitud por escrito de los padres/tutores para el cateterismo limpio e intermitente del estudiante.
B. El archivo médico del estudiante deberá contener una orden escrita actual para un cateterismo limpio e intermitente del médico del estudiante y deberá incluir instrucciones escritas para el procedimiento. La orden será revisada y/o revisada cada año escolar.
C. El expediente médico del estudiante deberá contener el permiso por escrito de los padres/tutores para la realización del procedimiento de cateterismo intermitente limpio.
D. El servicio se ofrecerá a todos los estudiantes discapacitados y se puede ofrecer a los estudiantes no discapacitados, a discreción del distrito.
E. Una enfermera registrada con licencia desarrollará instrucciones específicas para las necesidades del estudiante. Estos se actualizarán cada año escolar.
Emitido: septiembre de 2003