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Políticas y procedimientos de búsqueda

6106 - Costos Permitidos para Programas Federales

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 6106

COSTOS PERMITIDOS PARA PROGRAMAS FEDERALES

Los gastos de los programas federales se rigen por los Principios de costos federales contenidos en 2 CFR Parte 200 Subparte E: Principios de costos. El distrito se compromete a garantizar que los costos reclamados en virtud de las adjudicaciones federales sigan estos principios de costos, así como los términos y condiciones especiales contenidos en la adjudicación. Además, como concesionario, el distrito debe seguir las políticas federales, estatales y distritales más restrictivas.

Al aplicar estos principios de costos, el distrito:

  • Mantener la responsabilidad de la administración eficiente y eficaz de la adjudicación federal mediante la aplicación de prácticas de gestión sólidas;
  • Asumir la responsabilidad de administrar los fondos federales de manera coherente con los acuerdos subyacentes, los objetivos del programa y los términos y condiciones de la adjudicación federal; y
  • Aplicar prácticas contables que sean consistentes con los principios de costos, respaldar la acumulación de costos según lo exigen los principios y proporcionar la documentación adecuada para respaldar los costos cargados a la adjudicación federal.

El distrito mantendrá un sistema de controles internos sobre los gastos federales para brindar una seguridad razonable de que las asignaciones federales se gasten solo en actividades permitidas y que los costos de los bienes y servicios cargados a las asignaciones federales sean permitidos y de acuerdo con los principios de costos mencionados anteriormente. Dichos controles cumplirán los siguientes criterios generales:

  • Ser necesarios y razonables para el cumplimiento de la adjudicación federal y ser imputables a la misma bajo estos principios;
  • Cumplir con las limitaciones o exclusiones establecidas en estos principios o en la adjudicación federal en cuanto a los tipos o la cantidad de elementos de costo;
  • Ser coherente con las políticas y los procedimientos que se aplican de manera uniforme tanto a las actividades financiadas por el gobierno federal como a otras actividades del distrito;
  • Recibir un trato consistente;
  • Determinarse de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados;
  • No se incluirán como un costo ni se utilizarán para cumplir con los requisitos de costos compartidos o equivalentes de ningún otro programa financiado por el gobierno federal en el período actual o anterior; y
  • Estar adecuadamente documentado.

En circunstancias extraordinarias, como las causadas por emergencias, el distrito puede continuar pagando la compensación de los empleados a quienes se les paga con fondos de subvenciones federales utilizando los fondos federales, a pesar de la incapacidad de los empleados para trabajar debido a las circunstancias extraordinarias, de acuerdo con las disposiciones del distrito. ' uso de todas las fuentes de financiación para pagar a sus empleados.


Referencias cruzadas:

Política de la Junta 1610 - Conflictos de interés

Política de la Junta 3423 - Emergencias

Política de la Junta 6101 - Administración financiera y de efectivo federal

Política de la Junta 6210 - Compras: Autorización y Control

Política de la Junta 6220 - Requisitos de la oferta

Política de la Junta 6801 - Activos de capital/Activos sensibles al robo

Referencias legales:

2 CFR Parte 200, Subparte E

 Adoptado:  15 de agosto de 2017

Revisado: 15 de septiembre de 2020

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