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Políticas y procedimientos de búsqueda

6959 - Aceptación de Proyecto Terminado

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 6959

ACEPTACIÓN DEL PROYECTO TERMINADO

El pago final bajo contrato estará sujeto a lo siguiente:

A. Finalización de la puesta en marcha del edificio;

B. La carta de inspección del arquitecto indicando que el trabajo ha sido terminado;

C. Certificación del superintendente de que no se han presentado gravámenes sobre el proyecto, o si se han presentado gravámenes, una lista certificada de los gravámenes y su respectivo orden de prioridad; y

D. Aceptación final por escrito de la junta.

De conformidad con la ley, el pago final no se realizará hasta que el distrito haya recibido del Departamento de Ingresos del Estado, el Departamento de Seguridad de Empleo del Estado y la certificación del Departamento de Trabajo e Industrias del Estado que todos los impuestos adeudados o adeudados por el contratista del proyecto, han sido pagados en su totalidad. El superintendente notificará a cada departamento enumerado que el trabajo se completó y se aceptó oficialmente para que se pueda hacer una determinación de las obligaciones tributarias del contratista.

El contrato estipulará que el distrito retendrá un porcentaje del costo del proyecto según lo exige la ley para asegurar que el proyecto permanezca libre de cualquier material, subcontratista o gravamen fiscal.

El distrito prefiere que el distrito reserve el cinco por ciento de todo el dinero ganado por el contratista y solicitará que el Superintendente de Instrucción Pública actúe como agente del distrito escolar para administrar la retención de efectivo. El distrito aceptará una fianza presentada por el contratista por cualquier parte de la retención. La fianza debe ser una forma aceptable para el distrito y el Superintendente de Instrucción Pública si los fondos estatales son parte del proyecto, y debe provenir de una compañía de fianzas registrada con el Comisionado de Seguros del Estado de Washington y en su lista de seguros actualmente autorizada, a menos que el distrito puede demostrar una buena causa para negarse a aceptar la fianza.

 

Referencia legal:

RCW 60.28 Gravamen por mano de obra, materiales, impuestos sobre

WAC 392-343-080 Estudios de ingeniería de valor, revisiones de constructibilidad y puesta en marcha de edificios: requisitos y definición

WAC 392-344-067 Contratos de puesta en marcha de edificios

WAC 392-344-075 Contratos - Presentación

WAC 392-344-147 Requisitos relacionados con la ley de porcentaje retenido

Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002

Revisado: 27 de febrero de 2018

 

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