6925 - Servicios de arquitectura e ingeniería
POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 6925
SERVICIOS DE ARQUITECTURA E INGENIERÍA
Al considerar la adquisición de servicios de arquitectura e ingeniería, la junta directiva deberá emitir un aviso en una(s) publicación(es) de circulación general indicando el alcance general y la naturaleza del(los) proyecto(s) para los cuales se requieren los servicios. Se hará un esfuerzo para informar a las empresas que emplean a minorías y/o mujeres.
Se solicitará a las firmas interesadas que presenten una declaración de calificaciones y datos de desempeño para permitir que la junta determine qué firma de arquitectura o ingeniería atenderá mejor las necesidades del distrito. Los criterios para la selección de una firma incluirán, entre otros, calidad y amplitud del personal, diseño de proyectos similares, capacidad de producción, supervisión y control de calidad, relación con los clientes, estimación de costos y control presupuestario.
Se ordena al superintendente que establezca los procedimientos necesarios para solicitar y seleccionar ingenieros y arquitectos calificados. El superintendente recomendará una o más firmas a la junta para su consideración. La junta y la empresa de arquitectura o ingeniería ganadora deberán celebrar un contrato por los servicios necesarios. En caso de una emergencia, la junta puede renunciar a este proceso de selección y asegurar dichos servicios según sea necesario.
Referencia cruzada: |
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Política de la Junta |
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6220 | Requisitos de oferta |
Referencias legales: |
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RCW |
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28A.330.100(3) |
Facultades adicionales de los tableros (1ª clase) |
39.80 |
Contratos de servicios de arquitectura e ingeniería |
AGO |
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57-59 N ° 68 |
contratos de arquitectos |
Primera lectura: 19 de febrero de 2002
Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002