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Políticas y procedimientos de búsqueda

6700 - Nutrición, Salud y Educación Física

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 6700

NUTRICIÓN, SALUD Y EDUCACIÓN FÍSICA

La junta reconoce que un ambiente escolar saludable prepara a los estudiantes para la universidad, sus carreras y un futuro exitoso. Los estudiantes que comen comidas bien balanceadas y hacen ejercicio regularmente tienen más probabilidades de aprender en el aula. La buena nutrición y el buen estado físico son esenciales para la salud y el bienestar de los jóvenes de nuestro distrito durante toda la vida. La junta apoya el mayor énfasis del distrito en la nutrición, la salud, la educación física y la actividad física en todos los niveles de grado para mejorar el bienestar de los estudiantes del distrito. Por lo tanto, es política de la junta brindar a los estudiantes acceso a alimentos nutritivos, enfatizar la educación para la salud y la educación física, y brindarles a los estudiantes oportunidades para realizar actividad física. La junta también reconoce los beneficios de programar al menos 20 minutos de tiempo sentado para el almuerzo para cada estudiante y programar el recreo antes del almuerzo para los estudiantes de primaria. En consecuencia, en la medida de lo apropiado y factible, el superintendente o su designado se esforzará por identificar y eliminar las barreras a estas prácticas.

Política de Bienestar
El distrito, a través del Comité Asesor de Salud Escolar (SHAC), desarrollará e implementará una política integral de bienestar de conformidad con los requisitos estatales y federales para los distritos que participan en el Programa Nacional de Almuerzos Escolares, el Programa de Desayunos Escolares y el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos ( USDA) Smart Snacks en los estándares de nutrición escolar.

Programa de Servicios de Nutrición y Alimentos
La junta apoya la filosofía de los Programas Nacionales de Almuerzos y Desayunos Escolares y proporcionará comidas saludables y nutritivas a los niños de las escuelas del distrito. La junta autoriza al superintendente o su designado a administrar el programa de servicios de alimentos, siempre que cualquier decisión de celebrar un contrato con una empresa de administración de servicios de alimentos requiera la aprobación de la junta. Los gastos para el suministro de alimentos no excederán los ingresos estimados.

El superintendente o su designado es responsable de:
• Distribuir anualmente las solicitudes de comidas y determinar la elegibilidad para las comidas escolares;
• Proteger la identidad de los estudiantes elegibles para comidas gratis oa precio reducido;
• Asegurar que las comidas cumplan con los requisitos del patrón de comidas del USDA;
• Asegurarse de que los períodos de comida cumplan con las regulaciones del USDA;
• Establecimiento de un Plan de Seguridad Alimentaria;
• Determinar los precios de las comidas anualmente;
• Usar todos los derechos de USDA Foods;
• Mantener una cuenta de servicio de alimentación escolar sin fines de lucro;
• Asegurar que todos los ingresos se utilicen únicamente para el programa de comidas escolares;
• Establecer una política de cobro de comidas; si no sirve comidas sin costo para los estudiantes;
• Acomodar a niños con necesidades dietéticas especiales;
• Garantizar el cumplimiento de las políticas de no discriminación del USDA;
• Seguir los procedimientos de adquisición adecuados; y
• Garantizar el cumplimiento de los estándares de nutrición de Smart Snacks in School. 
Programa de Salud y Educación Física
Los programas de salud y educación física K-12 del distrito estarán alineados con los Estándares de Aprendizaje K-12 de Salud y Educación Física del Estado de Washington e incluirán, entre otros, el desarrollo de conocimientos y habilidades para estar físicamente activo, comer nutritivamente, acceder a información y servicios de salud confiables, comunicarse de manera efectiva y establecer objetivos para mejorar la salud.

El distrito se asegurará de que se cumplan los siguientes requisitos:
• Todos los estudiantes en los grados uno a ocho reciben un promedio de cien minutos de instrucción por semana de educación física por año.
• Todos los estudiantes de secundaria deben completar un mínimo de tres semestres (1.5 créditos) de educación física y un semestre (5 créditos) de educación para la salud.
• Cualquier estudiante que esté excusado de participar debido a una discapacidad física, empleo, creencia religiosa, participación en deportes dirigidos o ciencias y tácticas militares, o por otra buena causa, deberá demostrar dominio de la parte de conocimiento del requisito de aptitud física, en de acuerdo con la política del Distrito.
• El distrito ofrecerá un curso de un crédito o su equivalente en educación física para cada grado en el programa de escuela secundaria (grados 9-12).
• Todos los estudiantes tienen oportunidades iguales y equitativas para la salud y la educación física.
• Todos los estudiantes, desde jardín de infantes hasta el grado 12, tendrán acceso a un programa de educación física y salud de calidad, basado en estándares.
• Se utilizarán evaluaciones u otras estrategias desarrolladas por OSPI en salud y educación física.

Además, los distritos escolares deben realizar una revisión anual de sus programas de educación física (PE). La revisión debe constar de numerosas disposiciones, entre ellas:
• El número de estudiantes individuales que completan una clase de educación física durante el año escolar;
• La cantidad promedio de minutos por semana de educación física que reciben los estudiantes en los grados 1 a 8, expresada en rangos de informes apropiados;
• El número de estudiantes a los que se les otorgó exenciones (excusados ​​de participar) de los requisitos de educación física;
• Una indicación de si todas las clases de educación física son impartidas por instructores que poseen un respaldo válido de salud y estado físico;
• Los tamaños de las clases de PE, expresados ​​en rangos de informes apropiados;
• Una indicación de si, como cuestión de política o procedimiento, el distrito modifica y adapta rutinariamente su currículo de educación física para estudiantes con discapacidades; y
• Una indicación de si el distrito excluye rutinariamente a los estudiantes de las clases de educación física por razones disciplinarias.


Como mejor práctica y sujeto a los fondos disponibles, el distrito se esforzará por garantizar que ocurra lo siguiente:
• Los estudiantes estarán moderados a vigorosamente activos por lo menos el 50% del tiempo de clase durante la mayoría o todas las sesiones de educación física.
• Todas las escuelas tendrán maestros de educación física certificados que brinden instrucción.
• Todas las escuelas tendrán clases, instalaciones, equipos y suministros apropiados necesarios para brindar educación física y de salud de calidad de acuerdo con los estándares estatales.
• Se alentará a todos los maestros de educación física a participar en el desarrollo profesional en educación física al menos una vez al año.

Actividad física
La clase de educación física no debe usarse ni retenerse como castigo por ningún motivo. Todas las escuelas, como mejor práctica y sujeta a los fondos disponibles, participarán en un enfoque de componentes múltiples mediante el cual las escuelas aprovecharán todas las oportunidades para que los estudiantes estén físicamente activos, como el Programa Integral de Actividad Física Escolar recomendado por los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades. Prevención, y proporcionará lo siguiente:
• Educación física de calidad;
• Actividad física durante el día escolar (por ejemplo, estimulantes/energizantes para el cerebro);
• Oportunidades extracurriculares;
• Recreo que pretende ser seguro, inclusivo y de alta calidad (que, en la mayoría de las circunstancias, no se utilizará ni retendrá como castigo);
• Participación de la familia y la comunidad;
• Bienestar del personal y promoción de la salud;
• Oportunidades de transporte activo a la escuela; y
• Acceso a las instalaciones del distrito escolar para programas de actividad física, acondicionamiento físico, deportes y recreación.

 

Referencias cruzadas:
Política de la Junta 2150 - Programa cocurricular
Política de la Junta 2151 - Actividades interescolares
Política de la Junta 2161 - Educación especial y servicios relacionados para estudiantes elegibles
Política de la Junta 2162 - Educación de Estudiantes con Discapacidades bajo la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973
Política de la Junta 2410 - Requisitos de graduación de la escuela secundaria
Política de la Junta 3210 - No discriminación
Política de la Junta 3422 - Deportes estudiantiles: conmoción cerebral, lesión en la cabeza y paro cardíaco repentino
Política de la Junta 4260 - Uso de las Instalaciones Escolares

Referencias legales:
RCW 28A.210.365 - Elección de alimentos, actividad física, condición física infantil — Normas mínimas — Política de exención o exención del distrito.
RCW 28A.230.040 - Educación Física - Grados 1-8
RCW 28A.230.050 - Educación física en las escuelas secundarias
RCW 28A.230.095 - Requisitos y evaluaciones de aprendizaje académico esenciales - Informes de verificación.
RCW 28A.235.120 - Programas de comidas - Establecimiento y operación - Personal - Acuerdos
RCW 28A.235.130 - Leche para niños a cargo de la escuela
RCW 28A.235.140 - Programas de desayuno escolar
RCW 28A.235.145 - Programas escolares de desayuno y almuerzo - Uso de fondos estatales
RCW 28A.235.150 - Programas escolares de desayuno y almuerzo - Subvenciones para aumentar la participación - Mayor apoyo estatal
RCW 28A.235.160 - Requisitos para implementar programas escolares de desayuno, almuerzo y servicio de alimentos de verano - Exenciones
RCW 28A.235.170 - Programa de subvenciones para frutas y verduras frescas cultivadas en Washington
RCW 28A.623.020 - Programa sin fines de lucro para personas mayores — Autorizado — Restricciones
RCW 69.04 - Comercio intraestatal de alimentos, medicamentos y cosméticos
RCW 69.06.010 - Permiso de trabajador de servicio de alimentos y bebidas - Presentación, duración - Requisitos mínimos de capacitación
RCW 69.06.020 - Permiso exclusivo y válido en todo el estado - Tarifa
RCW 69.06.030 - Personas enfermas — No pueden trabajar — El empleador no puede contratar
RCW 69.06.050 - El permiso debe obtenerse dentro de los catorce días desde el momento del empleo.
RCW 69.06.070 - Permiso de servicio limitado
WAC 180-51-068 - Requisitos estatales de asignaturas y créditos para graduarse de la escuela secundaria: estudiantes que ingresen al noveno grado a partir del 1 de julio de 2015.
WAC 392-157-125 - Hora de comer
WAC 392-410-135 - Educación física: requisitos para la escuela primaria y secundaria.
WAC 392-410-136 - Requisito de educación física-Excusa
2 CFR Parte 200 - Adquisiciones
7 CFR, Partes 210 - y 220
7 CFR, parte 245.5

Adoptado: 19 de julio de 2005
Revisado: 07.21.20; 08.16.2022; 12.13.2022
Revisado: 12 de diciembre de 2023

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