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6535 - Seguro Estudiantil

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 6535

SEGURO ESTUDIANTIL

El distrito puede ofrecer cobertura de seguro de accidentes para estudiantes. El superintendente/designado está autorizado a recibir cotizaciones de los proveedores de seguros y recomendar para la consideración de la junta la fuente o fuentes de seguro para estudiantes. Con la aprobación de la junta, el distrito distribuirá formularios de solicitud de seguro para estudiantes. El Distrito puede proporcionar información sobre reclamos (hora del accidente, lugar del accidente) cuando lo solicite un estudiante o sus padres.

Para ser elegible para la consideración, los proveedores de seguros deben proporcionar representantes capacitados para procesar reclamos, responder preguntas sobre la cobertura y los procedimientos, y acelerar la comunicación entre los reclamantes, los médicos, los proveedores médicos y la oficina de reclamos. Todos los proveedores de seguros deben tener licencia para hacer negocios en el estado de Washington.

Referencias cruzadas:

Política de la Junta 2151 Actividades interescolares

Referencias legales:

RCW 28A.400.350 Seguro médico, dental, oftalmológico, de responsabilidad civil, de vida, de accidentes, de discapacidad y de salario autorizado — Caducidad de la autorización para beneficios básicos y opcionales — Cuentas de ahorro para la salud — Primas — Incumplimiento

Adoptado: 16 de julio de 2002

Revisado: 20 de noviembre de 2018

 

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