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6250 - Teléfonos Celulares

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 6250

TELÉFONOS CELULARES

La junta autoriza la entrega de teléfonos celulares al personal designado por el superintendente para llamadas telefónicas comerciales en aquellos momentos en que el personal designado no tenga un servicio telefónico regular disponible. En el momento en que un empleado designado acepte un teléfono celular del distrito, él o ella deberá proporcionar una garantía por escrito de responsabilidad financiera por cualquier llamada personal o no comercial realizada en el teléfono celular. Si existe evidencia razonable de que se está utilizando un teléfono celular para llamadas personales, se tomarán las medidas apropiadas. Notificar a los miembros de la familia sobre cambios en los planes de viaje y situaciones de emergencia no se considera uso personal.

El superintendente desarrollará procedimientos para el uso de teléfonos celulares.

Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002

Revisado: 7 de octubre de 2003

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