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Políticas y procedimientos de búsqueda

6020 - Sistema de Fondos y Cuentas

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 6020

SISTEMA DE FONDOS Y CUENTAS

El distrito mantendrá un sistema de fondos con el tesorero del condado de acuerdo con la ley estatal y el manual de contabilidad aprobado por el superintendente de instrucción pública del estado. Los fondos son:

A. Fondo general

El fondo se financia principalmente con impuestos locales, fondos de apoyo estatal, subvenciones federales y recibos locales. Estos ingresos se utilizan específicamente para financiar las operaciones ordinarias y legalmente autorizadas del distrito para todos los grados. El fondo incluye dineros que han sido segregados con el fin de llevar a cabo actividades específicas como el programa de educación básica, el programa para discapacitados, etc. El fondo se administra de acuerdo con normas, restricciones y limitaciones especiales y constituye una entidad fiscal y contable independiente.

B. Fondo de Proyectos de Capital

El fondo contiene los ingresos de la venta de bonos, los fondos de contrapartida de la construcción de escuelas estatales, las transferencias de la asignación de educación básica del distrito, los ingresos de los gravámenes especiales destinados a fines de construcción, los ingresos de las inversiones de fondos de proyectos de capital, los ingresos de alquiler o arrendamiento y los ingresos de la venta de la propiedad. Los gastos permisibles de la venta de bonos, incluidas las ganancias de intereses de los mismos, pueden incluir la adquisición de terrenos o edificios existentes, mejoras a edificios y/o terrenos, diseño y construcción y/o remodelación de edificios, o equipo inicial, siempre que la propuesta sea aprobada por el los votantes que autorizan la recaudación de dicho dinero incluye estos elementos. Los ingresos de otras fuentes pueden usarse para renovaciones y reemplazos importantes, incluidos, entre otros, sistemas de techos, calefacción y ventilación, revestimientos de pisos y sistemas eléctricos; renovación de campos de juego y otros bienes inmuebles del distrito; y auditorías energéticas y mejoras capitales y elementos mayores de equipo y mobiliario. Cualquier residuo dentro del fondo que quede exclusivamente de un impuesto en exceso para un propósito específico debe transferirse al fondo general y las recaudaciones de impuestos subsiguientes serán acreditadas al fondo general por el tesorero del condado. Cualquier remanente de la venta de bonos y los intereses de las inversiones deben transferirse al fondo del servicio de la deuda cuando ya no se necesiten para el propósito para el cual fueron recaudados.

C. Fondo de servicio de la deuda

El fondo es para la redención de bonos en circulación y el pago de intereses de bonos. El fondo no es un fondo de garantía. El tesorero del condado por medio de cheques de tesorería hace los desembolsos. Se dispondrá anualmente para gravar una cantidad suficiente para hacer frente a los pagos anuales de principal y los pagos semestrales de intereses. El producto de la venta de bienes inmuebles puede colocarse en este fondo o en el fondo de proyectos de capital, excepto por la cantidad requerida para gastar en los costos asociados con la venta de dicha propiedad.

 

D. Fondo del Programa del Cuerpo Estudiantil Asociado

La junta es responsable de la protección y el control de los recursos financieros del alumnado, así como de otros fondos públicos puestos bajo su custodia. Los recursos financieros del fondo son para el beneficio de los estudiantes. La participación de los estudiantes en los procesos de toma de decisiones relacionados con el uso de estos fondos es una parte integral del cuerpo estudiantil asociado, excepto que la junta puede delegar la autoridad a un miembro del personal para que actúe como el cuerpo estudiantil asociado de cualquier escuela que no contenga grado superior al sexto grado. Los fondos de ASB son fondos públicos y no se pueden usar para apoyar u oponerse a ningún candidato político o medida electoral. El dinero recaudado por los estudiantes a través de organizaciones estudiantiles reconocidas se depositará y desembolsará del fondo que mantiene el tesorero del condado. El fondo está sujeto a procedimientos de administración y contabilidad que son similares a los requeridos para todos los demás fondos del distrito. Las constituciones de ASB deberán prever la participación de los representantes de ASB en las decisiones para presupuestar y desembolsar los fondos de ASB. El dinero del fondo del cuerpo estudiantil privado no asociado recaudado para becas, intercambios de estudiantes y fines benéficos será mantenido en fideicomiso por el distrito.

E. Fondo de vehículos de transporte

El fondo de vehículos de transporte incluye los ingresos por la venta de vehículos de transporte; arrendamiento, alquiler o uso ocasional de autobuses excedentes; reembolso de depreciación para autobuses propiedad del distrito; ingresos de los gravámenes del fondo de vehículos de transporte; transferencias opcionales del fondo general; y fondos de inversión provenientes del fondo de vehículos de transporte. El fondo de vehículos de transporte puede usarse para comprar y/o reconstruir autobuses por contrato o en efectivo. Se puede transferir dinero del fondo de vehículos de transporte al fondo de servicio de la deuda exclusivamente para el pago de la deuda y los intereses incurridos por el fondo de vehículos de transporte. Tal transferencia no constituye una transferencia de dinero del fondo de vehículos de transporte con el significado de RCW 28A.160.130. 

El distrito mantendrá un sistema de cuentas bancarias de la siguiente manera:

A. Una cuenta bancaria de depósito y/o transmisión del distrito,

B. Una cuenta bancaria de anticipos del cuerpo estudiantil asociado para cada escuela que tenga un
organización del cuerpo estudiantil aprobada por la junta, y

C. Fondos de anticipo en la cantidad que sea necesaria para satisfacer las necesidades de fondos de anticipo de las escuelas y divisiones del distrito. La junta puede autorizar el establecimiento de tales cuentas. La junta aprobará cada fondo de anticipos. Se designará un custodio para estas cuentas que será independiente de las funciones de procesamiento de facturas, firma de cheques, contabilidad general y recibos de efectivo. Si esta separación de funciones no es factible, otro empleado independiente de esas funciones será responsable de revisar el manejo de cada cuenta.

El superintendente establecerá los procedimientos necesarios para la operación de estos fondos

Referencia cruzada:

Política de la Junta

3510

Cuerpos estudiantiles asociados

Referencias legales: 

RCW 

28A.320.330

Fondos escolares enumerados-- Depósitos en uso

28A.325.010

Tarifas para eventos extracurriculares opcionales sin crédito-- Disposición

28A.325.020

Cuerpos estudiantiles asociados--Poderes y responsabilidades que afectan

28A.325.030

Fondo asociado del programa del cuerpo estudiantil -- Creado -- Origen de los fondos -- Gastos -- Presupuesto -- Cuidado de otros fondos recibidos por los estudiantes para fines privados

28A.335.060 Venta de vehiculos de transporte 
28A.505.140 Normas y reglamentos para los procedimientos presupuestarios -- Revisar cuando el superintendente [SPI] determina una irregularidad en el presupuesto -- Presupuesto revisado, plan financiero de la junta estatal hasta su adopción

39.44

Formulario de Bonos, Condiciones de venta, Pago, etc.

42.17.130

Prohíbe el uso de oficinas públicas o instalaciones de agencias en campañas

43.09.200

División de corporaciones municipales--Sistema uniforme de contabilidad

43.09.210

División de corporaciones municipales--Cuentas separadas para cada fondo o actividad

WAC 

392 - 123

Finanzas--Presupuesto del distrito escolar

392 - 138

Finanzas--Dinero del Cuerpo Estudiantil Asociado

392-138-055 Cuenta corriente bancaria de anticipos 

392-138-060

Fondos de caja chica

Auditor estatal

Boletín de caja chica #301, III (E)

 

Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002

Revisado: 7 de octubre de 2003

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