5641 - Estudiantes de magisterio
POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 5641
La junta alienta la cooperación con colegios y universidades dentro del estado en la capacitación de estudiantes de magisterio. El distrito aceptará estudiantes de magisterio de instituciones acreditadas de educación superior con las que el distrito tenga un acuerdo de cooperación.
El distrito respetará las reglas, regulaciones y pautas de capacitación razonables de la institución de capacitación de maestros. Se espera que la institución de formación de maestros proporcione personal de enlace que trabajará en cooperación durante todo el proceso de capacitación con el director y el maestro supervisor.
El superintendente/persona designada deberá coordinar la solicitud de colocación con los directores de los edificios para evitar concentraciones excesivas de estudiantes de magisterio en cualquier edificio determinado. Los estudiantes de magisterio deberán cumplir con la política del distrito que se aplica al personal certificado. El maestro supervisor y el director serán responsables de la conducta del estudiante de maestro.
El superintendente desarrollará procedimientos para los estudiantes de magisterio, las prácticas de los estudiantes y las visitas a las aulas.
Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002
Revisado: 7 de octubre de 2003