5520 - Desarrollo del personal
POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 5520
Crecimiento y desarrollo profesional para el personal no administrativo
La capacitación y el estudio adicionales son requisitos previos para el crecimiento continuo y la eficacia de los miembros del personal. También es necesario para los miembros del personal con mayores responsabilidades y nuevas exigencias. Se alienta al personal a obtener conocimientos y habilidades adicionales relacionados con el trabajo a través de instituciones de educación superior o capacitación en el servicio según lo proporcionado por el distrito, los edificios o los departamentos.
El distrito puede participar en la Ley estatal de capacitación en servicio de 1977.
Cada titular de un certificado de educación profesional, excepto aquellos exentos por la regulación de la Junta de Educación del Estado, deberá completar 150 horas de estudio de educación continua cada cinco años, para mantener su certificado.
Crecimiento y desarrollo profesional para administradores
El distrito reconoce que la capacitación y el estudio de los administradores contribuyen al desarrollo de las habilidades necesarias para atender mejor las necesidades del distrito escolar. Cada año, el distrito desarrollará un programa administrativo de capacitación basado en las necesidades del distrito, así como en las necesidades de los administradores individuales.
Referencias cruzadas: |
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Política de la Junta |
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5005 |
Empleo: divulgaciones, requisitos de certificación, garantías y aprobación |
5240 |
Evaluación del Personal |
Referencias legales: |
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RCW |
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28A.415.040 |
ley de formacion en servicio |
WAC |
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180-85-075 |
requisito de educación continua |
180-85-200 |
Estándares de aprobación de educación en servicio |
392 - 195 |
Programa de formación en servicio |
392-121-255 |
Definición -- Créditos académicos |
392-121-257 |
Definición -- Créditos en servicio |
392 - 192 |
Crecimiento profesional |
Primera lectura: 21 de mayo de 2002
Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002