RegistroLa inscripción abierta y la inscripción para jardín de infantes para 2024-25 comienzan el 10 de abril de 2024    Información de inscripción | Información de kínder

A+ A A-

Políticas y procedimientos de búsqueda

5253 - Mantenimiento de los límites entre el personal profesional y los estudiantes

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 5253

MANTENIMIENTO DEL PERSONAL PROFESIONAL/LÍMITES ESTUDIANTILES

Propósito

El propósito de esta política es brindar a todo el personal, estudiantes, voluntarios y miembros de la comunidad información sobre su papel en la protección de los niños de conductas inapropiadas por parte de adultos. Esta política se aplica a todo el personal del distrito, miembros de la junta escolar y voluntarios. Para los fines de esta política y su procedimiento, los términos “personal del distrito”, “miembro(s) del personal” y “personal” también incluyen voluntarios, contratistas y miembros de la junta escolar.

Normas generales

La junta espera que todo el personal mantenga los más altos estándares profesionales cuando interactúa con los estudiantes. Se requiere que el personal del distrito mantenga una atmósfera propicia para el aprendizaje manteniendo consistentemente los límites profesionales.

Los límites entre el personal profesional y los estudiantes son consistentes con el deber legal y ético de cuidado que los empleados del distrito tienen para con los estudiantes.

Las interacciones y relaciones entre el personal del distrito y los estudiantes deben basarse en el respeto mutuo, la confianza y el compromiso con los límites profesionales entre el personal y los estudiantes dentro y fuera del entorno educativo, y ser consistentes con la misión educativa del distrito.

El personal del distrito no se entrometerá en los límites físicos y emocionales de un estudiante a menos que la intrusión sea necesaria para cumplir un propósito educativo demostrado. Un propósito educativo es aquel que se relaciona con los deberes del miembro del personal en el distrito. Las invasiones inapropiadas de límites pueden adoptar diversas formas. Cualquier tipo de conducta sexual con un estudiante es una invasión de límites inapropiada.

Además, se espera que los miembros del personal sean conscientes de la apariencia de conducta inapropiada en su propia conducta y en la conducta de otros miembros del personal al interactuar con los estudiantes. Los miembros del personal notificarán y discutirán problemas con el administrador de su edificio, supervisor o director de Recursos Humanos, siempre que sospechen de una violación de esta política.

La junta reconoce que el personal puede tener relaciones familiares y sociales preexistentes con los padres o tutores y los estudiantes. Los miembros del personal deben utilizar el criterio profesional apropiado cuando tengan una relación dual con los estudiantes para evitar violar esta política, la apariencia de incorrección y la apariencia de favoritismo. Los miembros del personal deberán discutir proactivamente estas circunstancias con el administrador o supervisor de su edificio.

Uso de la tecnología

La junta apoya el uso de la tecnología para comunicarse con fines educativos. Sin embargo, cuando la comunicación no está relacionada con el trabajo escolar u otras formas de comunicación electrónica o escrita, el personal legítimo del distrito comercial tiene prohibido comunicarse con los estudiantes por teléfono, correo electrónico, mensajes de texto, mensajería instantánea u otras formas de comunicación electrónica o escrita, a menos que exista una relación familiar o previa. -Relación social existente con los padres o tutores y los alumnos. Los miembros del personal del distrito tienen prohibido participar en cualquier conducta en sitios web de redes sociales que viole la ley, las políticas o procedimientos del distrito u otros estándares profesionales generalmente reconocidos. Esta prohibición incluye prohibir al personal "hacerse amigo" y/o "seguir" a los estudiantes en las redes sociales a menos que exista un interés educativo legítimo o cuando esté presente una relación familiar o social preexistente con los padres o tutores y los estudiantes.

El personal cuya conducta viole esta política puede enfrentar medidas disciplinarias y/o despido consistente con las políticas y procedimientos del distrito, el acuerdo de uso aceptable y los acuerdos de negociación colectiva, según corresponda. La Junta Escolar puede solicitar una revisión anual de esta política y los procedimientos asociados, que pueden incluir, si corresponde, la cantidad de informes fundamentados recibidos por el distrito.

El superintendente/designado desarrollará protocolos para informar e investigar alegaciones y desarrollará procedimientos y capacitación para acompañar esta política.

Referencias cruzadas:
3205 - Prohibición del acoso sexual de estudiantes
3207 - Prohibición de Acoso, Intimidación y Bullying a Estudiantes
3210 - No discriminación
3421 - Abuso y negligencia infantil

Referencias legales:
Título IX de las Enmiendas Educativas de 1972
Capítulo 9A.44, RCW – Delitos sexuales
Capítulo 9A.88, RCW Exposición indecente - Prostitución
RCW 28A.400.320 Delitos contra niños – Despido obligatorio de empleados clasificados – Apelación – Recuperación de salario o compensación por distrito
RCW 28A.405.470 Delitos contra niños – Despido obligatorio de empleados certificados – Apelación – Recuperación de salario o compensación por distrito
RCW 28A.405.475 Despido de un empleado certificado basado en una declaración de culpabilidad o condena por ciertos delitos graves - Aviso al superintendente de instrucción pública - Registro de avisos
RCW 28A.410.090 Revocación o suspensión de certificado o permiso para enseñar - Base penal - Quejas - Investigación - Proceso
RCW 28A.410.095 Violación o incumplimiento - Facultades de investigación del superintendente de instrucción pública - Requisitos para la investigación de presunta conducta sexual inapropiada hacia un niño - Órdenes judiciales - Desacato - Se requieren conclusiones por escrito
RCW 28A.410.100 Revocación de autoridad para enseñar - Audiencias
Capítulo 28A.640, RCW Igualdad sexual Capítulo 28A.642, RCW Prohibición de discriminación
Capítulo 49.60, RCW – Ley contra la discriminación del estado de Washington
Capítulo 181-87 Certificación profesional WAC: actos de conducta no profesional
Capítulo 181-88 WAC Definiciones de conducta sexual inapropiada, abuso verbal y físico - Divulgación obligatoria - Acuerdos prohibidos

Aprobado: 16 de mayo de 2017
Revisado: 19 de septiembre de 2023

ESCUELAS PÚBLICAS DE WALLA WALLA • 364 South Park St. • Walla Walla, WA 99362 • Teléfono: 509-527-3000 • Fax: 509.529.7713

Soluciones vectoriales - Alerta vectorial Línea de consejos sobre escuelas seguras: 855.976.8772  |  Sistema de informes de propinas en línea