5000 - Reclutamiento y Selección de Personal
POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 5000
RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL
Gobierno responsable
El personal es reclutado y seleccionado para asegurar que los estudiantes crezcan y alcancen su máximo potencial en los programas del distrito. El nuevo personal certificado debe participar en el programa de orientación y tutoría del distrito durante su tiempo como empleados provisionales. El personal es muy eficaz y tiene las habilidades y la experiencia necesarias para satisfacer las necesidades de aprendizaje de todos los estudiantes. El distrito trabaja con programas de preparación de maestros, comunicando las habilidades, competencias y experiencias docentes que considera de primordial importancia en su personal, y brindando experiencias de campo diseñadas para capacitar a los maestros para que puedan mejorar el aprendizaje de los estudiantes. Las decisiones sobre la contratación, asignación o transferencia de personal se basan en maximizar la eficacia de ese miembro del personal dentro de los programas del distrito.
Creación de condiciones para el éxito de los estudiantes y el personal
Los puestos de personal son establecidos por el superintendente para proporcionar el programa integral de educación del distrito. El superintendente establece nuevos puestos según sea necesario. El superintendente establece las habilidades, competencias, calificaciones, educación, experiencia y niveles de desempeño anteriores necesarios para cada puesto, en relación con el programa integral de educación del distrito y la meta de mejora continua en el aprendizaje de los estudiantes. La selección del personal se basa en qué candidato es el más calificado para el puesto y se realiza de conformidad con los requisitos estándar de selección, entrevista, verificación de referencias y equidad del distrito.
Altas expectativas para el aprendizaje de los estudiantes
Los puestos se crean dentro de los parámetros presupuestarios y los requisitos legales. Parte de los procesos de planificación estratégica ya corto plazo del distrito analizan los requisitos de personal actuales y proyectados. La cobertura de los puestos individuales se realiza teniendo en cuenta las cuestiones salariales, los parámetros presupuestarios y los requisitos legales. El superintendente evalúa anualmente la efectividad de los procesos de reclutamiento y selección de personal del distrito, y determina los métodos de mejora e informa los hallazgos y recomendaciones de la evaluación a la junta.
Participación Comunitaria
La junta y el distrito comunican periódicamente al personal, las asociaciones profesionales, las unidades de negociación de los empleados, los programas de preparación docente y profesional en la educación superior, los estudiantes, los padres y la comunidad en general el compromiso del distrito de contratar a las personas mejor preparadas y capaces de mejorar el rendimiento estudiantil.
Referencias cruzadas:
Política de la Junta 5005 Divulgaciones de empleo, requisitos de certificación, garantías y aprobación
Política de la Junta 5610 Empleo sustituto
Referencias legales:
RCW 28A.400.300 Contratación y despido de empleados — Políticas de licencia por escrito — Beneficios de antigüedad y licencia de los empleados que se transfieren entre distritos escolares y otros empleadores educativos.
RCW 28A.405.210 Condiciones y contratos de empleo — Determinación de causa probable para la no renovación de contratos — No renovación debido a disminución de inscripción o pérdida de ingresos — Aviso — Oportunidad de audiencia
RCW 43.43.830 Verificación de antecedentes — Acceso a niños o personas vulnerables — Definiciones
RCW 43.43.832 Verificación de antecedentes: divulgación de información: intercambio de información de antecedentes penales por parte de los centros de atención médica
RCW 49.44.200 Cuentas personales de redes sociales - Restricciones en el acceso del empleador - Definiciones
RCW 49.44.205 Violaciones de RCW 49.44.200 – Acción civil – Recursos
Capítulo 162-12 WAC Guía de consulta previa al empleo (Comisión de derechos humanos)
PL 99-603 (IRCA) Ley de Control y Reforma de la Inmigración de 1986
Título 8 USC, cap. 12 1324a y 1324b
WAC 392-190-0591 Empleo en escuelas públicas y prácticas contractuales - No discriminación
Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002
Revisado: 7 de octubre de 2003; 27 de febrero de 2018