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Políticas y procedimientos de búsqueda

3116 - Estudiantes en Cuidado Temporal

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 3116

ESTUDIANTES EN CUIDADO DE CRIANZA

La junta reconoce que los estudiantes en cuidado de crianza experimentan movilidad dentro y fuera del sistema de cuidado de crianza y de una ubicación en el hogar a otra que interrumpe su educación, creando así barreras para el éxito académico y la graduación a tiempo. A través de la colaboración con las agencias de bienestar infantil estatales, locales y/o tribales, el distrito se esforzará por minimizar o eliminar las barreras educativas para los estudiantes en crianza temporal, particularmente con respecto a la inscripción, la transferencia de los registros de los estudiantes y el transporte a su escuela de origen. El superintendente o su designado está autorizado a establecer procedimientos y/o prácticas para implementar esta política.

Punto de contacto

El superintendente o la persona designada designará a un miembro del personal apropiado para que sirva como punto de contacto del distrito para las agencias locales de bienestar infantil si dichas agencias notifican al Distrito por escrito que han designado un punto de contacto para el Distrito. El punto de contacto trabajará con las agencias de bienestar infantil estatales, locales y/o tribales correspondientes para recibir notificaciones y compartir información sobre el estado y el progreso de los estudiantes en crianza temporal. El punto de contacto también trabajará en colaboración con el coordinador del Título I del distrito para brindar apoyo a los estudiantes en crianza temporal que están inscritos o buscan inscribirse en el distrito.

Inscripción

Siempre que sea práctico y en el mejor interés del niño, los niños colocados en cuidado de crianza permanecerán inscritos en la escuela a la que asistían al ingresar al cuidado de crianza. Cuando sea necesaria una determinación del mejor interés del estudiante, se tendrá en cuenta una serie de factores, como se describe en los procedimientos que acompañan a esta política, incluida la preocupación por la seguridad del estudiante, así como la disponibilidad de apoyos para el éxito educativo del estudiante. Tal determinación debe involucrar a un representante del distrito, un representante de la agencia de bienestar infantil correspondiente, el estudiante y las familias biológicas y de crianza temporal del estudiante, si es razonablemente factible.

Si se determina que permanecer en la escuela de origen no es lo mejor para el estudiante, el distrito inscribirá inmediatamente a ese estudiante en su nueva escuela. La inscripción no puede ser denegada o retrasada por el hecho de que no se hayan proporcionado los documentos que normalmente se requieren para la inscripción.

Una escuela no puede impedir que un estudiante en cuidado de crianza se inscriba en base a información incompleta de cualquier historial de colocación en educación especial, cualquier acción disciplinaria pasada, actual o pendiente, cualquier historial de comportamiento violento o comportamiento enumerado en RCW 13.04.155, cualquier multa o tarifa no pagada impuesta por otras escuelas, o cualquier condición de salud que afecte las necesidades educativas del estudiante durante el período de diez (10) días que el Departamento de Servicios Sociales y de Salud tiene para obtener esa información. Al momento de la inscripción, el distrito hará esfuerzos razonables para obtener y evaluar el historial educativo del niño a fin de satisfacer las necesidades únicas del niño dentro de los dos (2) días hábiles escolares. 

Transferencia de registros

Cuando un estudiante en crianza temporal se transfiere de escuela, ya sea dentro del distrito oa otro distrito escolar, la escuela que lo inscribió se comunicará de inmediato con la escuela que lo envió para obtener registros académicos y de otro tipo. La escuela de origen responderá lo antes posible a las solicitudes que reciba de registros de estudiantes en crianza temporal.

Además, al recibir una solicitud de registros educativos de un estudiante en crianza temporal del Departamento de Servicios Sociales y de Salud, el distrito proporcionará los registros a la agencia dentro de los dos (2) días escolares.

Transporte

El distrito proporcionará transporte a la escuela de origen si: 1) la agencia de bienestar infantil acepta reembolsar el transporte; (2) el distrito acepta pagar el costo del transporte; o 3) el distrito y la agencia de bienestar infantil acuerdan compartir los costos de transporte.

Resolución de conflictos

En el caso de que un cuidador o una persona que tome decisiones educativas cuestionen una decisión del distrito con respecto al mejor interés del estudiante en crianza temporal con respecto a la inscripción o la provisión de cualquier otro servicio relacionado con la educación, incluido el transporte, el cuidador o la persona que toma decisiones educativas puede utilizar el proceso de apelaciones de tres niveles descrito en el procedimiento que acompaña a esta política. El distrito hará todos los esfuerzos razonables para colaborar con las agencias apropiadas y las partes perjudicadas para resolver la disputa a nivel local.

En el caso de que ocurra una disputa entre el distrito y una agencia de bienestar infantil con respecto a asuntos que no involucren la ubicación educativa o la provisión de servicios educativos (por ejemplo, reembolsos de transporte, falta de colaboración), dichas disputas pueden enviarse a la oficina del superintendente de instrucción pública para su resolución.

Revisión de ausencias inesperadas o excesivas

Un representante del distrito o empleado de la escuela revisará las ausencias inesperadas o excesivas de los estudiantes en cuidado de crianza y aquellos que esperan la colocación con el estudiante y los adultos involucrados con el estudiante, incluido su trabajador social, enlace educativo, abogado si se designa uno, padre, tutor y padres de crianza. . El propósito de la revisión es determinar la causa de las ausencias, teniendo en cuenta: transiciones escolares no planificadas, períodos de huida de la atención, tratamiento hospitalario, encarcelamiento, ajuste escolar, brechas educativas, problemas psicosociales y citas ineludibles durante la jornada escolar. . El representante o empleado tomará medidas proactivas para apoyar el trabajo escolar del estudiante para que el estudiante no se atrase y para evitar la suspensión o expulsión por ausencias injustificadas.

Facilitar la progresión de nivel de grado a tiempo

El distrito: 1) renunciará a los cursos específicos requeridos para la graduación de los estudiantes en crianza temporal si se han completado satisfactoriamente cursos similares en otro distrito escolar; o 2) proporcionar una justificación razonable para la denegación de la exención. En caso de que el distrito niegue una exención y el estudiante hubiera calificado para graduarse del distrito escolar que lo envió, el distrito proporcionará un proceso alternativo para obtener los cursos requeridos para que el estudiante pueda graduarse a tiempo.

El distrito consolidará los créditos parciales, los cursos no resueltos o incompletos y brindará a los estudiantes en crianza temporal la oportunidad de acumular créditos de una manera que elimine las barreras académicas y no académicas para el estudiante.

Para los estudiantes que no hayan podido completar un curso académico y reciban crédito completo debido a retiro o transferencia, el distrito otorgará crédito parcial por el trabajo del curso completado antes de la fecha de retiro o transferencia. Cuando el distrito recibe a un estudiante transferido en estas circunstancias, aceptará los créditos parciales del estudiante, los aplicará al progreso académico o la graduación del estudiante o ambos, y permitirá que el estudiante obtenga créditos independientemente de la fecha de inscripción del estudiante en el distrito.

En el caso de que un estudiante se transfiera al comienzo o durante su penúltimo o último año de la escuela secundaria y no sea elegible para graduarse después de que se hayan considerado todas las alternativas, el distrito trabajará con el distrito que lo envía para garantizar que se le otorgue un diploma del distrito de envío si el estudiante cumple con los requisitos de graduación del distrito de envío. 

En el caso de que un estudiante inscrito en tres o más distritos escolares como estudiante de escuela secundaria haya cumplido con los requisitos estatales, se haya transferido al distrito, pero no sea elegible para graduarse del distrito después de que se hayan considerado todas las alternativas, el distrito renunciará a su derecho local. requisitos y asegurar que el estudiante reciba un diploma.

 

Referencias cruzadas:

Política de la Junta 2418 Renuncia a los créditos de graduación de la escuela secundaria

Política de la Junta 3115 Estudiantes sin hogar: derechos y servicios de inscripción

Política de la Junta 3120 Inscripción

Política de la Junta 3122 Ausencias justificadas e injustificadas

Política de la Junta 3231 Expedientes estudiantiles

Política de la Junta 6100 Ingresos de Fuentes Locales, Estatales y Federales

Referencias legales:

RCW 28A.150.510 Transmisión de registros educativos al departamento de servicios sociales y de salud – Divulgación de registros educativos – Acuerdos de intercambio de datos – Documento de requisitos de necesidades integrales – Informe

RCW 28A.225.023 Joven dependiente de conformidad con el Capítulo 13.34 RCW - Revisión de ausencias inesperadas o excesivas - Apoyo para el trabajo escolar del joven

RCW 28A.225.215 Inscripción de niños sin residencia legal

RCW 28A.225.330 Inscripción de estudiantes de otros distritos—Solicitudes de información y registros permanentes—Transcripciones retenidas—Inmunidad de responsabilidad—Notificación a maestros y personal de seguridad—Reglas

RCW 28A.320.192 Progresión a tiempo del nivel de grado y graduación de estudiantes que son jóvenes dependientes

RCW 74.13.550 Colocación de niños – Política de continuidad educativa

20 USC 6301 y siguientes. Ley de Educación Primaria y Secundaria de 1965, modificada por la Ley Every Student Succeeds Act [ESSA]

Adoptado: 21 de noviembre de 2017

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