3530 - Actividades de recaudación de fondos que involucran a estudiantes
POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 3530
ACTIVIDADES DE RECAUDACIÓN DE FONDOS CON PARTICIPACIÓN DE ESTUDIANTES
La junta reconoce que la solicitud de fondos por parte de los estudiantes, el personal y los ciudadanos debe limitarse porque los estudiantes son una audiencia cautiva y porque la solicitud puede interrumpir el programa de las escuelas. El superintendente puede permitir la solicitud y el cobro de dinero por parte de los estudiantes para cualquier propósito, incluido el cobro de dinero a cambio de boletos, periódicos, suscripciones a revistas o cualquier otro bien o servicio en beneficio de una organización escolar aprobada, siempre que la instrucción programa no se ve afectado negativamente.
El superintendente establecerá procedimientos para la solicitud de fondos por parte de organizaciones escolares aprobadas, grupos escolares oficiales de padres y organizaciones externas. El director distribuirá estas reglas y regulaciones a cada organización estudiantil a la que se le haya otorgado permiso para solicitar fondos.
Referencias cruzadas:
Política de la Junta 6102 Actividades de recaudación de fondos del distrito
Política de la Junta 3510 Cuerpos Estudiantiles Asociados
WAC 392‑138‑030(2) Facultades: autoridad y política de la junta directiva
Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002
Revisado: 27 de febrero de 2018