3410 - Salud del Estudiante
POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 3410
El superintendente se encargará de que se brinden servicios de salud a todos los estudiantes. Dichos servicios incluirán, pero no se limitarán a:
- El mantenimiento de registros de salud de los estudiantes;
- El desarrollo de procedimientos en cada edificio para el aislamiento y cuidado temporal de estudiantes que se enfermen durante la jornada escolar;
- Servicios de consulta de un especialista en salud calificado para el personal, los estudiantes y los padres/tutores;
- Exámenes de la vista y la audición; y
- Registros de vacunas y tamizaje.
Referencias cruzadas: |
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Política de la Junta | |
3416 |
Medicamentos en la escuela |
3413 |
Vacunas para estudiantes y condiciones que amenazan la vida |
Referencias legales: |
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RCW |
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28A.330.100 |
Poderes adicionales de la junta |
28A.210.300 |
Se puede emplear al médico escolar o a la enfermera escolar. |
Recursos de gestión: |
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Noticias de política, febrero de 2011 |
Examen de detección de escoliosis de la salud del estudiante |
Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002
Revisado: 5 de noviembre de 2013