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Políticas y procedimientos de búsqueda

3245 - Estudiantes y Dispositivos de Telecomunicaciones

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 3245

ESTUDIANTES Y DISPOSITIVOS DE TELECOMUNICACIONES

Los estudiantes en posesión de dispositivos de telecomunicaciones, incluidos, entre otros, buscapersonas, buscapersonas y teléfonos celulares, mientras se encuentren en la propiedad escolar o mientras asistan a actividades patrocinadas por la escuela o relacionadas con la escuela observarán las siguientes condiciones:

Escuela Primaria

El distrito prohíbe el uso de todos los dispositivos electrónicos personales (incluidos los teléfonos celulares) durante el día escolar. Si un padre/tutor desea que su hijo tenga un teléfono celular, debe permanecer en la mochila del estudiante y debe estar apagado durante el horario escolar. Toda comunicación entre padres y estudiantes durante el día escolar debe pasar por el personal de la escuela.

Si se ve o escucha un dispositivo electrónico personal durante el día escolar, el dispositivo será confiscado por el personal de la escuela. Los estudiantes que violen esta política estarán sujetos a medidas disciplinarias progresivas que pueden incluir la confiscación del dispositivo y/o la pérdida del privilegio de traer el dispositivo a la propiedad escolar. El primer paso en todos los casos será un recordatorio verbal por parte de un miembro del personal de las Escuelas Públicas de Walla Walla para guardar el dispositivo y/o dejar de utilizarlo. Un dispositivo que ha sido confiscado solo se devolverá al padre/tutor del estudiante. El dispositivo estará disponible para que el padre/tutor lo recoja en la oficina de la escuela según lo determine la escuela.

Un estudiante que esté aislado e involucrado en una investigación escolar no tendrá acceso a ningún dispositivo de telecomunicaciones/electrónico mientras la investigación esté en proceso.

La escuela y el distrito no son responsables por la pérdida o daño de cualquier artículo electrónico traído a la escuela, incluidos los dispositivos que hayan sido confiscados. Además, el distrito no investigará dispositivos perdidos, robados o dañados.

Los maestros pueden conceder excepciones en sus propias aulas a esta política si el uso contribuye a los esfuerzos de instrucción y/o educativos.

Educación media

A. Todos los dispositivos de telecomunicaciones/electrónicos no deben estar a la vista ni operarse mientras la escuela está en sesión. Sin embargo, los maestros pueden conceder excepciones en sus aulas a esta política si el uso contribuye a los esfuerzos de instrucción y/o educativos. Los dispositivos de telecomunicaciones/electrónicos solo se pueden exhibir y/u operar antes y después del día escolar regular, a menos que exista una situación de emergencia que implique un peligro físico inminente o un administrador de la escuela autorice al estudiante a hacer lo contrario;

B. Los estudiantes no utilizarán dispositivos de telecomunicaciones de una manera que suponga una amenaza para la integridad académica, interrumpa el entorno de aprendizaje o viole los derechos de privacidad de los demás;

C. Los estudiantes no enviarán, compartirán, verán ni poseerán imágenes, mensajes de texto, correos electrónicos u otro material que represente una conducta sexualmente explícita, como se define en RCW 9.68A.011, en formato electrónico o de cualquier otra forma en un teléfono celular u otro dispositivo electrónico. mientras el estudiante está en la propiedad escolar, en eventos patrocinados por la escuela o en autobuses escolares o vehículos proporcionados por el distrito;

D. Cuando un funcionario escolar tiene una sospecha razonable, con base en hechos objetivos y articulables, de que un estudiante está usando un dispositivo de telecomunicaciones de una manera que viola la ley o las reglas escolares, el funcionario puede confiscar el dispositivo, que solo se devolverá al el padre o tutor legal del estudiante;

E. Al traer un teléfono celular u otro dispositivo electrónico a la escuela o a eventos patrocinados por la escuela, el estudiante y su padre/tutor dan su consentimiento para que se registre el dispositivo cuando los funcionarios escolares tengan una sospecha razonable, basada en hechos objetivos y articulados, de que tal una búsqueda revelará una violación de la ley o las reglas de la escuela. El alcance de la búsqueda se limitará a la violación de la que se acusa al estudiante. El contenido o las imágenes que violen las leyes estatales o federales se remitirán a las fuerzas del orden;

F. Los estudiantes son responsables de los dispositivos que traen a la escuela. El distrito no será responsable por la pérdida, robo o destrucción de dispositivos traídos a la propiedad escolar oa eventos patrocinados por la escuela;

G. Los estudiantes cumplirán con cualquier regla adicional desarrollada por la escuela con respecto al uso apropiado de telecomunicaciones u otros dispositivos electrónicos; y

Los estudiantes que violen esta política estarán sujetos a medidas disciplinarias, incluida la suspensión o expulsión.

Preparatoria

A. Todos los dispositivos de telecomunicaciones/electrónicos no deben estar a la vista ni operarse mientras la escuela está en sesión. Sin embargo, los maestros pueden conceder excepciones en sus aulas a esta política si el uso contribuye a los esfuerzos de instrucción y/o educativos. Los dispositivos de telecomunicaciones/electrónicos solo se pueden exhibir y/u operar antes y después del día escolar regular, y durante el período de almuerzo programado del estudiante y entre clases, a menos que exista una situación de emergencia que involucre un peligro físico inminente o un administrador escolar autorice al estudiante a hacerlo. de lo contrario;

B. Los estudiantes no utilizarán dispositivos de telecomunicaciones de una manera que suponga una amenaza para la integridad académica, interrumpa el entorno de aprendizaje o viole los derechos de privacidad de los demás;

C. Los estudiantes no enviarán, compartirán, verán ni poseerán imágenes, mensajes de texto, correos electrónicos u otro material que represente una conducta sexualmente explícita, como se define en RCW 9.68A.011, en formato electrónico o de cualquier otra forma en un teléfono celular u otro dispositivo electrónico. mientras el estudiante está en la propiedad escolar, en eventos patrocinados por la escuela o en autobuses escolares o vehículos proporcionados por el distrito;

D. Cuando un funcionario escolar tiene una sospecha razonable, con base en hechos objetivos y articulables, de que un estudiante está usando un dispositivo de telecomunicaciones de una manera que viola la ley o las reglas escolares, el funcionario puede confiscar el dispositivo, que solo se devolverá al el padre o tutor legal del estudiante;

E. Al traer un teléfono celular u otro dispositivo electrónico a la escuela o a eventos patrocinados por la escuela, el estudiante y su padre/tutor dan su consentimiento para que se registre el dispositivo cuando los funcionarios escolares tengan una sospecha razonable, basada en hechos objetivos y articulados, de que tal una búsqueda revelará una violación de la ley o las reglas de la escuela. El alcance de la búsqueda se limitará a la violación de la que se acusa al estudiante. El contenido o las imágenes que violen las leyes estatales o federales se remitirán a las fuerzas del orden;

F. Los estudiantes son responsables de los dispositivos que traen a la escuela. El distrito no será responsable por la pérdida, robo o destrucción de dispositivos traídos a la propiedad escolar oa eventos patrocinados por la escuela;

G. Los estudiantes cumplirán con cualquier regla adicional desarrollada por la escuela con respecto al uso apropiado de telecomunicaciones u otros dispositivos electrónicos; y

H. Los estudiantes que violen esta política estarán sujetos a medidas disciplinarias, incluida la suspensión o expulsión.

Referencias cruzadas:

Política de la Junta 2022 Recursos electrónicos

Política de la Junta 3207 Prohibición de acoso, intimidación y acoso

Política de la Junta 3241 Gestión del salón de clases, disciplina y acción correctiva

Política de la Junta 4310 Relaciones con las agencias del orden público, las agencias de protección infantil y los funcionarios de salud del condado

Adoptado: 21 de agosto de 2007

Revisado: 3 de junio de 2014

Revisado: 15 de agosto de 2017

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