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Políticas y procedimientos de búsqueda

3241 - Disciplina estudiantil

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 3241

DISCIPLINA ESTUDIANTIL

La Junta de las Escuelas Públicas de Walla Walla se enfoca en el logro educativo de todos y cada uno de los estudiantes. El Distrito tiene altas expectativas para todos los estudiantes y se esfuerza por brindar a todos los estudiantes la oportunidad de lograr el éxito personal y académico. “Disciplina” significa cualquier acción tomada por el distrito escolar en respuesta a violaciones de comportamiento, incluidas las formas de disciplina tanto excluyentes como positivas y de apoyo. La Junta tiene la intención de que esta política y procedimiento se implementen de una manera que apoye un clima escolar positivo, maximice el tiempo de instrucción según corresponda y aumente las oportunidades educativas equitativas.

Derechos y Responsabilidades/Compromiso del Distrito

La Junta reconoce el impacto negativo y desproporcionado de las prácticas disciplinarias excluyentes y se compromete a:
• Identificar y abordar las políticas y prácticas disciplinarias que perpetúan las brechas de oportunidades educativas;
• Implementar de manera proactiva prácticas disciplinarias que ayuden a los estudiantes a cumplir con las expectativas de comportamiento sin perder el acceso a la instrucción;

El Distrito observará los derechos fundamentales de los estudiantes y administrará la disciplina de una manera que no:
1. Discriminar ilegalmente a un estudiante por motivos de sexo, raza, credo, religión, color, origen nacional, orientación sexual, expresión de género, identidad de género, discapacidad o el uso de un perro guía entrenado o un animal de servicio;
2. Privar a un estudiante del derecho constitucional del estudiante a la libertad de expresión y de prensa, el derecho constitucional a reunirse pacíficamente y solicitar al gobierno y a sus representantes la reparación de agravios, el derecho constitucional al libre ejercicio de la religión y a tener la la escuela del estudiante libre de control o influencia sectaria, sujeta a limitaciones razonables sobre el tiempo, lugar y forma de ejercer el derecho;
3. Privar a un estudiante del derecho constitucional del estudiante a estar seguro en su persona, documentos y efectos contra registros e incautaciones irrazonables;
4. Interferir ilegalmente en la búsqueda de una educación de un estudiante mientras está bajo la custodia del distrito escolar; o
5. Privar a un estudiante del derecho del estudiante a la igualdad de oportunidades educativas, en su totalidad o en parte, por parte de un distrito escolar sin el debido proceso legal.

La política y el procedimiento de disciplina estudiantil de este distrito están diseñados para proporcionar a los estudiantes y al personal un entorno seguro, saludable y educativo sólido. Se espera que los estudiantes conozcan y cumplan con esta política y procedimiento, incluidas las expectativas de comportamiento que respetan los derechos, la persona y la propiedad de los demás. También se espera que los estudiantes sigan el curso de estudios requerido. Se espera que los estudiantes y el personal trabajen juntos para desarrollar un clima positivo para el aprendizaje. 


Desarrollo y revisión
El distrito recopilará datos sobre las acciones disciplinarias administradas en cada escuela, según lo requiere RCW 28A.300.042, y cualquier información adicional requerida según otras políticas y procedimientos del distrito.

El Distrito se asegurará de que los directores de las escuelas consulten con los empleados certificados del edificio según corresponda para desarrollar y/o revisar los estándares de disciplina del edificio y revisar la fidelidad de la implementación de esos estándares. En cada escuela del distrito, los directores y el personal certificado pueden desarrollar procedimientos escolares por escrito para administrar la disciplina que sean consistentes con esta política y procedimiento. Cada escuela también puede:
1. Establecer expectativas de comportamiento con los estudiantes y enseñar expectativas de manera proactiva en varios entornos escolares.
2. Desarrollar definiciones precisas para comportamientos problemáticos y violaciones de comportamiento para abordar las diferencias en las percepciones de los comportamientos subjetivos y reducir el efecto del sesgo implícito.
3. Definir las diferencias entre incidentes de comportamiento menores y mayores para aclarar los tipos de comportamiento que pueden o no resultar en la exclusión del aula o que son lo suficientemente graves como para que un administrador deba participar.
4. Identificar un continuo de mejores prácticas y estrategias para las respuestas basadas en el salón de clases que el personal del edificio debe administrar antes o en lugar de la exclusión del salón de clases para ayudar a los estudiantes a cumplir con las expectativas de comportamiento.

Los manuales de las escuelas, los códigos de conducta y los estándares de disciplina del edificio no deben entrar en conflicto con esta política, los procedimientos que la acompañan u otras políticas de la Junta, y deben ser similares en todos los niveles del edificio.

Los directores de las escuelas se esforzarán por garantizar que los maestros y otro personal escolar reciban el apoyo adecuado para implementar de manera efectiva una serie de mejores prácticas y estrategias identificadas que:
1. Centrarse en la prevención para reducir el uso de prácticas disciplinarias excluyentes;
2. Permitir el ejercicio del juicio profesional y conjuntos de habilidades; y
3. Puede adaptarse a las necesidades individuales de los estudiantes de una manera culturalmente receptiva.

Los directores de las escuelas consultarán con los empleados certificados del edificio según corresponda para establecer criterios sobre cuándo los empleados certificados deben completar las clases para mejorar las habilidades de gestión del salón de clases. Las oportunidades de aprendizaje profesional pueden incluir PBIS, SEL, enfoques informados sobre traumas, enseñanza culturalmente receptiva y uso de datos para identificar la capacitación docente necesaria para apoyar la implementación de políticas del distrito.

El Distrito revisará y desarrollará periódicamente esta política y procedimiento con la participación del personal escolar, los estudiantes, los padres, las familias y la comunidad. Como parte de este proceso de desarrollo y revisión, el distrito utilizará datos desglosados ​​recopilados bajo RCW 28A.300.042. Este proceso puede incluir la revisión de datos para prevenir y abordar la discriminación contra estudiantes en clases protegidas identificadas en los capítulos 28A.640 y 28A.642 RCW, sin embargo, el Distrito se asegurará de revisar los datos disciplinarios desglosados ​​de acuerdo con WAC 392-190-048 al menos anualmente. 

Distribución de políticas y procedimientos
El Distrito pondrá a disposición de las familias y la comunidad la versión actual de esta política y procedimiento. El Distrito proporcionará anualmente esta política y procedimiento a todo el personal del Distrito, estudiantes, padres y familias, que pueden requerir asistencia con el idioma para estudiantes y padres con dominio limitado del inglés según el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964.

El distrito se asegurará de que los empleados y contratistas del distrito conozcan esta política y procedimiento de disciplina estudiantil. A nivel de edificio, las escuelas proporcionarán anualmente los estándares de disciplina de edificio actuales, desarrollados como se indicó anteriormente, a todo el personal escolar, estudiantes y padres que puedan requerir asistencia con el idioma para estudiantes y padres con dominio limitado del inglés según el Título VI de los Derechos Civiles. Ley de 1964. Las escuelas se asegurarán de que todo el personal de la escuela conozca los estándares de disciplina del edificio escolar. Las escuelas pueden proporcionar capacitación sobre disciplina desarrollada bajo RCW 28A.415.410 para apoyar la implementación de esta política y procedimiento a todo el personal escolar según sea posible.

Aplicación

Esta política y el procedimiento que la acompaña se interpretarán de manera consistente con la ley de Washington como se establece en WAC 392-400-020.

 

Referencias cruzadas:
Política de la Junta 2121 - Programa de Abuso de Sustancias
Política de la Junta 2161 - Educación especial y servicios relacionados para estudiantes elegibles
Política de la Junta 2162 - Educación de Estudiantes con Discapacidades bajo la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973
Política de la Junta 3122 - Ausencias justificadas e injustificadas
Política de la Junta 3210 - No discriminación
Política de la Junta 3244 - Prohibición del Castigo Corporal
Política de la Junta 3520 - Cuotas, multas o cargos estudiantiles
Política de la Junta 4210 - Regulación de Armas Peligrosas en las Instalaciones Escolares
Política de la Junta 4218 - Plan de Acceso Lingüístico


Referencias legales:
RCW 9.41.280 - Posesión de armas peligrosas en instalaciones escolares — Sanción — Excepciones
RCW 28A.150.240 - Personal docente y administrativo certificado como responsable de la enseñanza en el aula — Alcance — Responsabilidades — Sanción
Capítulo 28A.225 - RCW Asistencia y admisión escolar obligatoria
Capítulo 28A.320 - Disposiciones RCW aplicables a todos los distritos
RCW 28A.400.100 - Directores y subdirectores - Empleo de - Cualificaciones - Deberes
RCW 28A.400.110 - Director para garantizar la disciplina adecuada de los estudiantes — Creación de estándares de disciplina — Clases para mejorar las habilidades de gestión del salón de clases
Capítulo 28A.600 RCW - Estudiantes
WAC 392-190-048 - Acceso a ofertas de cursos - Disciplina estudiantil
Capítulo 392-400 WAC - Disciplina estudiantil
34 CFR Parte 100.3 - Reglamentos que implementan la Ley de Derechos Civiles de 1964
42 USC 2000d y siguientes. - Ley de Derechos Civiles de 1964

  

Adoptado: 15 de noviembre de 2016
Revisado: 03.17.2020; 16 de agosto de 2022

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