Logotipo

3231 - Expedientes de estudiantes

POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 3231

EXPEDIENTES ESTUDIANTILES

El distrito mantendrá los registros de los estudiantes necesarios para la orientación educativa y/o el bienestar de los estudiantes, para el funcionamiento ordenado y eficiente de las escuelas y según lo exija la ley. Toda la información relacionada con estudiantes individuales será tratada de manera confidencial y profesional. El distrito utilizará métodos razonables para garantizar que los maestros y otros funcionarios escolares obtengan acceso solo a aquellos registros educativos en los que tengan intereses educativos legítimos. Cuando la información se divulga de conformidad con las leyes estatales y federales, el distrito y los empleados del distrito son inmunes a la responsabilidad civil a menos que hayan actuado con negligencia grave o de mala fe.

El distrito conservará los registros de conformidad con las versiones actuales y aprobadas del Programa de retención de registros generales del gobierno local (CORE) y el Programa de retención de registros de los distritos escolares y los distritos de servicios educativos, ambos publicados en el sitio web del Secretario de Estado.

Los expedientes de los estudiantes son propiedad del distrito, pero deben estar disponibles de manera ordenada y oportuna para los estudiantes y los padres/tutores. “Padre/tutor” incluye el departamento estatal de servicios sociales y de salud cuando un estudiante menor de edad ha sido encontrado dependiente y puesto bajo custodia estatal. Un padre/tutor o un estudiante adulto puede cuestionar cualquier información en el registro de un estudiante que se considere inexacta, engañosa o que viole la privacidad u otros derechos del estudiante.

Los registros de los estudiantes se enviarán a otras agencias escolares a pedido. Un estudiante de secundaria puede otorgar autoridad al distrito, lo que permite a los posibles empleadores revisar el expediente académico del estudiante. Se requerirá el consentimiento de los padres o del estudiante adulto antes de que el distrito pueda divulgar los registros del estudiante a una agencia u organización que no sea la escuela, excepto que la ley disponga lo contrario.

El superintendente o la persona designada establecerá los procedimientos que rigen el contenido, la gestión y el control de los expedientes de los estudiantes.

Referencias cruzadas:
Política de la Junta 2100 – Oportunidades educativas para estudiantes con un padre en el ejército
Política de la Junta 3115 - Estudiantes sin hogar - Derechos y servicios de inscripción
Política de la Junta 3211 – Escuelas con inclusión de género
Política de la Junta 3520 - Cuotas, multas y cargos estudiantiles
Política de la Junta 4020 - Comunicaciones confidenciales
Política de la Junta 4040 - Acceso público a los registros del distrito

Referencias legales:
42 USC 11431 y siguientes. Ley McKinney-Vento de asistencia a personas sin hogar
20 USC § 1232g Ley de Privacidad y Derechos Educativos de la Familia
CFR 34, Parte 99 Regulaciones de la Ley de Privacidad y Derechos Educativos de la Familia
RCW 28A.150.510 Transmisión de registros educativos al DSHS—Divulgación de registros educativos—Acuerdos de intercambio de datos—Documento de requisitos de necesidades integrales—Informe.
RCW 28A.195.070 Retención de transcripción oficial – Transmisión de información
RCW 28A.225.151 Informes.
RCW 28A.225.330 Inscripción de estudiantes de otros distritos — Solicitudes de información y registros permanentes — Transcripciones retenidas — Inmunidad de responsabilidad — Notificación a maestros y personal de seguridad — Reglas
RCW 28A.230.120 Diplomas de escuela secundaria — Emisión — Opción de recibir expedientes académicos finales — Aviso
RCW 28A.230.180 Oportunidades educativas y profesionales en el ejército, acceso de los estudiantes a información sobre, cuándo
RCW 28A.600.475 Intercambio de información con funcionarios encargados de hacer cumplir la ley y del tribunal de menores – Notificación a padres y estudiantes.
RCW 28A.605.030 Registros educativos de los estudiantes – Revisión de los padres—Divulgación de registros—Procedimiento.
RCW 28A.635.060 Desfigurar o dañar propiedad escolar — Responsabilidad del alumno, padre o tutor — Retener calificaciones, diploma o expedientes académicos — Suspensión y restitución — Programa de trabajo voluntario como alternativa — Derechos protegidos
RCW 40.24.030 Programa de confidencialidad de dirección — Solicitud — Certificación
Capítulo 246-105 WAC Inmunización de niños en guarderías y escuelas contra ciertas enfermedades prevenibles por vacunación
Capítulo 392-172A Reglas WAC para la provisión de educación especial
Capítulo 392-182 Registros de salud de los estudiantes de WAC
Capítulo 392-415 - Educación secundaria WAC - expediente académico estandarizado de la escuela secundaria
WAC 181-87-093 No garantizar la transferencia de información de registros estudiantiles o registros estudiantiles
WAC 392-121-182 Requisitos de experiencia de aprendizaje alternativo
WAC 392-122-228 Experiencias de aprendizaje alternativas para estudiantes juveniles encarcelados en cárceles para adultos
WAC 392-500-025 Pruebas y registros de alumnos — Pruebas— Política del distrito escolar por escrito
42 CFR § 2.14 Pacientes menores
RCW 9.02.100—Privacidad reproductiva—Política pública
RCW 70.02.220 Enfermedades de transmisión sexual: divulgaciones permitidas y obligatorias
RCW 70.02.240 Servicios de salud mental—Menores—Divulgaciones permitidas
Capítulo 246-105 WAC Inmunización de niños en guarderías y escuelas contra ciertas enfermedades prevenibles por vacunación

 

Adoptado: 16 de julio de 2002
Revisado: 10.07.03; 04.16.13; 12.14.21; 04.18.23
Revisado: 16 de abril de 2024

Derechos de autor © 2017 Escuelas Públicas de Walla Walla. Reservados todos los derechos.
Diseño de sitio web por Tejedores de telarañas de Walla Walla.
En asociación con el distrito escolar de Walla Walla Departamento de Comunicaciones