1114 - Residencia y renuncia de los miembros de la junta
POLÍTICA DE LA JUNTA Núm. 1114
RESIDENCIA Y RENUNCIA DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO
Un director escolar debe seguir siendo residente del distrito escolar para ser elegible para continuar sirviendo como miembro de la junta escolar. Si la residencia de un director cambia a un lugar fuera del distrito, el director debe renunciar y su elegibilidad para servir termina con el cambio de residencia.
Al recibir la renuncia por escrito de un director por cualquier motivo, la junta considerará la renuncia en su próxima reunión programada regularmente. Luego, la junta aceptará la renuncia mediante una acción formal y declarará vacante el puesto de la junta, a menos que la renuncia se retire en cualquier momento antes de la acción de la junta.
Referencias cruzadas | |
Política de la Junta |
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1110 |
Elecciones |
1115 |
Oportunidades de trabajo |
Referencias legales: |
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RCW |
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28A.343.340 |
Directores--Cuando son elegidos-Elegibilidad |
29.01.140 |
Residence |
42.12.010 |
Causas de Vacante |
AGO |
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1975 Nº 8 |
Vacante por cambio voluntario de residencia fuera del distrito director (nota modificación de 1999 por RCW 28A.343.340) |
Primera lectura Fecha: 20 de noviembre de 2001
Adoptado por la Junta: 16 de julio de 2002